La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó la reforma de 53 artículos del Código Procesal Penal que otorga, entre otras cosas, más herramientas a los fiscales para investigar. Luego de diferencias con el dictamen procedente del Senado debido a las críticas hacia algunos artículos por considerarse represivos, se devolvió a la Cámara Alta para una segunda revisión y posible sanción definitiva.

Con 46 diputados presentes y 4 ausentes con aviso, fueron 36 los votos afirmativos, ninguna abstención y 9 votos negativos, los cinco del Frente para la Victoria, dos del Frente Social y Popular, y los socialistas disidentes Rubén Giustiniani y Silvia Augsburger.

El dictamen de Diputados modificó al que venía del Senado y que no pudo ser tratado a fines de diciembre por diferencias entre los bloques por algunos artículos, incluso dentro del oficialismo. Las críticas más fuertes que sonaron en el recinto en aquel momento fueron sobre la posible inconstitucionalidad de algunos puntos, sobre todo en los de procedimiento a la hora de allanamientos y detenciones.

Sin embargo, tras tejer acuerdos en Asuntos Constitucionales durante estos meses, el oficialismo logró sacar adelante las modificaciones impulsadas por el Ejecutivo tras la Marcha Rosario Sangra. El diputado radical y del Frente Progresista, Jorge Henn, aclaró en su alocución que “todos los artículos modificados resisten la mirada constitucional”.

El mensaje contempla disposiciones relativas a las salidas alternativas al proceso penal sin juicio, a las exigencias para acceder al juicio abreviado, a la práctica policial de la aprehensión en casos de flagrancia, a las facultades del fiscal en las medidas de coerción en caso de aprehensión o detención, a la procedencia de la prisión preventiva y de su tratamiento, y de los plazos para realizar las audiencias imputativas entre otras.

Estos últimos puntos fueron el eje de la discusión debido a su sesgo duro u “obra del terror” según calificó el diputado Leandro Bussatto al primer texto promovido por el senador Lisandro Enrico. "La reforma es represiva y claramente contraria a la misma ley", fundamentó su voto negativo.

Por su parte, el diputado socialista Rubén Galassi consideró que las modificaciones “no configuran una contrarreforma, sino una herramienta que permitirá hacer mucho más eficiente el sistema”.

Artículos que hicieron ruido

El plazo de detención se prorroga de 24 horas a 72 horas, y otras 24 horas más si lo cree necesario la autoridad, para un "eficiente ejercicio del poder punitivo estatal, control de la misma y tratamiento de la prisión preventiva como las facultades del fiscal".
 
El allanamiento fue otro punto de confrontación. Ahora se incorpora que “entre las 07:00 y 21:00” y, para el caso del secuestro de armas de fuego, “la detención será mucho más expeditiva y no dependerá de la prisión preventiva y, además, podrá ser ordenada verbalmente, sin necesidad del requerimiento por escrito”, al igual que “si se tratare de un hecho delictivo vinculado con la violencia de género”.

El fiscal tendrá más autoridad en la acusación. Si un hecho ilícito está en duda entre si es robo o tentativa de robo, el fiscal pedirá que la pena que se aplique corresponda al robo.

En cuanto a los juicios abreviados, si el monto de la pena del delito cometido supera los 6 años, se requerirá la conformidad del fiscal regional y, si es mayor a los 8 años, la del fiscal general.

(Rosarioplus/Elprotagonistaweb)