En los escritorios de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe se acumulan las denuncias de ciudadanos que sufrieron alguna modalidad de abuso o estafa al contratar un plan de ahorro para comprar un automóvil. La institución recibió en lo que va de este año numerosas presentaciones vinculadas a información y publicidad engañosas o inadecuadas, demora en las entregas de las unidades, imposición de pólizas de seguros más caras que la media del mercado, gastos de entrega no previstos, informados ni consentidos, cambios de modelo sin previo aviso, falta de cobro ante casos de rescisiones y estafas con vendedores presuntamente falsos.

“Observamos con preocupación que mucha gente viene a nuestras oficinas por problemas suscitados con los planes de ahorro para la compra de autos”, indicó el defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe, Raúl Lamberto. “Se trata en todos los casos de mucho dinero involucrado y las personas llegan con un gran malestar, es por eso que recomendamos a quienes estén interesados en contratar este tipo de servicios que presten atención a toda la información y controlen los contratos que suscriben, a los fines de evitar perjuicios. Y tengan en cuenta que la defensoría siempre va a trabajar para evitar los abusos”, agregó.

Ante semejante escenario, emitieron una serie de recomendaciones acerca de qué se debe tener en cuenta a la hora de contratar un plan de ahorro.

¿Con qué autorización deben contar las compañías que ofrecen planes?

Las empresas que administran planes cuya característica es la de formar grupos cerrados para la adquisición de algún bien predeterminado o sumas de dinero para la adquisición de bienes muebles deben ser autorizadas por la Inspección General de Justicia Nacional. Para verificar las entidades autorizadas por la Inspección General de Justicia para operar como sociedades de ahorro por círculos cerrados se puede ingresar al sitio http://www.jus.gob.ar/igj/competencias-de-igj/control-federal-de-ahorro/ahorro-por-circulo-cerrado.aspx

¿Cuándo se efectúa la devolución de lo pagado?

Al finalizar el plazo para el que fue constituido el grupo se deberá devolver el monto pagado en concepto de cuota pura a aquellos que abandonaron el pago de las cuotas sin haber sido adjudicados.

Puntos a considerar

La cuota que se publicita siempre resulta accesible. Es necesario asegurarse de que el momento sea el que finalmente se estipula en el contrato.

Se recomienda conservar hasta la adjudicación del vehículo toda la documentación de la publicidad que lo llevó a interesarse en el plan, puesto que, según ley, ésta forma parte del contrato.

Es aconsejable leer el contrato completa y detenidamente, ya que el consumidor se compromete a cumplirlo. En caso de no comprender algún punto, siempre se deben solicitar aclaraciones o asesoramiento. El contrato tiene que estar aprobado por la Inspección General de Justicia. Para asegurarse de ello, es conveniente comunicarse con este organismo para verificarlo. También se recomienda controlar que figuren todos los datos del vehículo, plazos de entrega y demás especificaciones que debe contener cualquier documento de venta de un auto.

Toda la información brindada debe ser clara, precisa y suficiente para poder evaluar con tranquilidad la operación de acuerdo al artículo 4 de la Ley de Defensa del Consumidor.

La adjudicación por sorteo se produce cuando una persona es elegida por azar, en un sorteo realizado frente a un escribano público, quien dará fe de la transparencia del acto. En el caso de salir sorteado, se le enviará un aviso a la persona para que informe si desea aceptar la adjudicación o no dentro de un plazo determinado y abone las sumas que se hayan pactado previamente.

La adjudicación por licitación es cuando un miembro del grupo pretende ser adjudicatario del vehículo en un determinado momento y realiza un ofrecimiento de dinero. En caso de ser la mejor oferta se le informará mediante, generalmente, una carta documento en la que se le dirá el plazo que tiene para pagar la suma ofrecida más los importes pactados.

Prenda

Una vez que la persona logra la adjudicación por cualquiera de las dos formas tiene que cumplir con los requisitos que se hayan acordado en el contrato para que se le entregue el vehículo previa prenda del mismo. El contrato de prenda, en este caso, se celebra cuando el adjudicatario del automotor le garantiza al acreedor el pago de las cuotas que adeuda con el vehículo que está recibiendo. Este contrato se inscribe en el Registro de la Propiedad Automotor hasta el pago total de las cuotas y gastos que se acordaron. En el caso que no se abone la totalidad el acreedor podrá vender el vehículo para poder cobrar la deuda.

Seguro

El seguro de autos prendados es más costoso de lo normal. El acreedor prendario debe ofrecer al menos tres compañías para que el adjudicatario elija.

Cambio de modelo 

El administrador del plan tiene la obligación de informar debidamente la circunstancia de cambio de modelo.

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe atiende de lunes a viernes de 8 a 18 horas en sus sedes de Rosario, Tucumán 1681, y Santa Fe, Eva Perón 2726, y en sus delegaciones del interior de la provincia, que pueden consultarse en www.defensoriasantafe.gob.ar.