Luego del anuncio del Gobierno nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este viernes en qué se pueden invertir los dólares que se declaren en el marco del régimen de blanqueo de capitales.

Según lo publicado en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 590/2024, el listado contempla varias actividades productivas y recuerda que bajo este régimen los contribuyentes podrán regularizar activos no declarados, tanto en Argentina como en el exterior, mediante el pago de un impuesto especial.

La medida establece que se podrán adherir al blanqueo personas físicas y jurídicas residentes fiscales en el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2023. También personas físicas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en Argentina hasta antes de esa misma fecha.

La fecha límite para la manifestación de adhesión a la etapa 1 es el 31 de agosto de 2024. En tanto, el pago del impuesto especial debe realizarse en un plazo de 90 días a partir de la adhesión al régimen.

Por último, la resolución concluye al mencionar que: "Los fondos regularizados deben mantenerse en las inversiones permitidas hasta el 31 de diciembre de 2028".

¿Qué activos pueden regularizarse?

  • Dinero en efectivo, tanto en Argentina como en el exterior.
  • Dinero depositado en cuentas bancarias del exterior.
  • Títulos valores depositados en entidades del exterior.

¿En qué se pueden invertir los fondos regularizados?

Los fondos regularizados pueden destinarse a la suscripción o adquisición de:

  • Títulos públicos emitidos por el Estado Nacional, Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos que fomenten la inversión productiva.
  • Cuotapartes de fondos comunes de inversión.
  • Inversión directa o indirecta en proyectos inmobiliarios que se inicien a partir de la entrada en vigencia del Título II de la Ley N° 27.743.