De acuerdo a los términos de la reforma fiscal, a partir de septiembre se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto.

El mínimo no imponible pasará de $1.800.000 a $2.040.300 en bruto para los trabajadores solteros y sin hijos. Mientras que para los casados con dos hijos, el piso salarial pasará de $2.300.000 a $2.682.208.

Esto se fija en base a la variación de precios que mide el INDEC. Como en junio la inflación fue del 4,6%, en julio de 4% y en agosto de 4,2%, el ajuste que hay que hacer sobre todas las escalas y las deducciones es del 12,8%, y solo para los salarios que se van a cobrar en octubre. 

A partir del 2025, los montos y las escalas se ajustarán de forma semestral, es decir, el 1° de enero y el 1° de julio en línea con el índice de Precios al Consumidor (IPC).

La variación está hecha en función de lo que establece la ley 27.743 que restituyó el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría