El Alias CBU será obligatorio para todas las cuentas desde junio
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció que a partir del 1 de junio todas las cuentas bancarias deberán tener un "alias CBU".
La figura virtual fue creada en agosto del año pasado, por medio de la cual el cliente bancario asocia un seudónimo a cada una de sus Claves Bancarias Uniformes (CBUs), para facilitar la realización y administración de transferencias por internet y banca móvil. Cada vez que se hace una transferencia, se pasa ese alias y no los 22 números del CBU.
"Se le asignará un alias por defecto a todas las cuentas que no lo posean y a las cuentas nuevas", aseguró el organismo presidido por Federico Sturzenegger, en un comunicado oficial, de forma que lo hace obligatorio. Ya hay más de 150.000 clientes bancarios que identificaron sus cuentas con alias.
Esta asignación "por default" luego podrá ser cambiada por el usuario, para asignarle el Alias que prefiera para cada una de sus cuentas a través del homebanking.
El formato del alias por defecto será una combinación al azar de tres palabras breves y de uso frecuente del idioma castellano, cuya ortografía no sea ambigua cuando se transmite de manera oral. Según el comunicado del Central, los usuarios bancarios podrán consultar por los canales habituales el alias asignado.
Los bancos y las aplicaciones de pagos para celulares permiten realizar transferencias inmediatas identificando al receptor por su alias. Antes de confirmar el pago, una pantalla indica el nombre real del destinatario para evitar errores.
Para tener en cuenta, el Alias CBU tiene tres características básicas:
• El Alias CBU es portable, por lo que si el usuario cambia de banco, se le asigna a la nueva cuenta y automáticamente se da de baja la anterior. Y ningún otro usuario puede usar un alias que ya haya sido utilizado.
• Desde la opción de Administración de cuentas de transferencias disponible en banca por internet y móvil, el usuario puede incorporar un alias a cada una de sus claves bancarias uniformes (CBU) con una extensión de entre 6 y 20 caracteres, que sean letras, números, signo punto o guión medio.
• El alias es único para cada cuenta y/o CBU e irrepetible para todo el sistema financiero.