Emergencia hídrica: la letra chica del decreto que busca proteger al Paraná
Se habla de "emergencia hídrica", pero qué cosas implica cuando un país declara ese status. Esta nota lo explica en detalle.
La bajante del Paraná supera ya todas las previsiones y se encamina a su mínimo histórico en
décadas, ante lo que el Gobierno Nacional decretó este lunes el “estado de emergencia
hídrica” por el período de 180 días.
El decreto, que lleva el número 482, determina el territorio de emergencia en la zona abarcada
por la región de la Cuenca del río Paraná, que afecta a las Provincias de Formosa, Chaco,
Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre las márgenes de los ríos
Paraná, Paraguay e Iguazú.
Según explicita la legislación firmada por el presidente Fernández y el jefe de Gabinete de
Ministros de la Nación Argentina, Santiago Andrés Cafiero, el déficit de precipitaciones en las
cuencas brasileñas del río Paraná, del río Paraguay y del río Iguazú es uno de los factores
determinantes para la bajante histórica actual, considerada la más importante en nuestro país
en los últimos setenta y siete años.
La declaración del estado de emergencia pone sobre la mesa la preocupación oficial por las
“eventuales afectaciones sobre el abastecimiento del agua potable, la navegación y las
operaciones de puerto, la generación de energía hidroeléctrica y las actividades económicas
vinculadas a la explotación de la Cuenca Hídrica conformada por los ríos Paraná, Paraguay e
Iguazú”.
Las medidas de la emergencia
Ante esto el estado nacional dispone una serie de medidas que pueden y deben tomarse en el
marco del estado de Emergencia Hídrica:
- Se instruye al Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía para que adopten las
medidas necesarias tendientes a asegurar el normal abastecimiento de la demanda de
energía eléctrica, pudiendo para ello disponer los actos y acciones necesarias para
procurar el abastecimiento de los recursos primarios críticos, como los combustibles,
ante la potencial pérdida de oferta de generación eléctrica por la afectación de la
bajante extraordinaria del río; recurrir a fuentes alternativas de oferta como
importación de energía eléctrica y/o combustibles; coordinar acciones de gestión de
demanda como la autogeneración y/o el uso eficiente, entre otras.
- Dada la esencialidad que tiene la prestación de los servicios de gas natural y de
electricidad, ante congestionamientos de logística producidos por la bajante se
deberá, en conjunto con el Ministerio de Transporte y el resto de los organismos
intervinientes, dar prioridad a la navegabilidad del transporte de los combustibles.
- Los organismos descentralizados, empresas públicas y/o sociedades anónimas del
sector energético, en los que el Estado nacional ejerza el control de las decisiones,
deberán seguir las instrucciones que imparta la Secretaría de Energía con el fin de
atender la emergencia dispuesta, en el marco del objeto establecido en el presente
artículo.
- El Ministerio del Interior deberá realizar tareas de coordinación con las provincias
afectadas, con el fin de coadyuvar en la implementación de las medidas necesarias
entre los distintos niveles de gobierno mientras dure la emergencia.
- La AFIP actuará respecto de aquellos y aquellas contribuyentes cuyo establecimiento
productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo este su principal
actividad.
- También se invita a las Provincias afectadas a disponer un régimen tarifario especial
provisorio para los servicios de energía eléctrica, agua potable y transporte urbano
para el sector productivo de las zonas afectadas, mientras dure la emergencia.
- Desde los Ministerios de Desarrollo Productivo y Trabajo, Empleo y Seguridad Social
deberán adoptar medidas necesarias con el objeto de preservar la continuidad de la
actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo en los sectores
afectados.
- El Banco Nación adoptará medidas a los fines de preservar la continuidad de la
actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo.
- El Ministerio de Obras Públicas dispondrá y monitoreará la realización de obras de
infraestructura.
- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable mantendrá el control de incendios.
El Instituto Nacional del Agua elaboró un trabajo, que el decreto toma como base, en el que
configuran tres escenarios posibles para los próximos meses. Una baja progresiva, un descenso
como el vivido hacen 77 años y un tercer escenario más complejo con una disminución más
pronunciada. Ninguna de las posibilidades analizadas permite vislumbrar una recuperación del
caudal antes de fin de año.