La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, una ley que alcanza a los más de cuatro millones de monotributistas.

La Resolución General 5003 de la AFIP instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por los monotributistas, que tendrán efectos retroactivos a partir del primero de enero de 2021. La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, señaló que “la norma estimula el paso voluntario al régimen general, con beneficios y se subsidia el paso del monotributo a los autónomos”.

Así, se establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general como en reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen.

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Vigencia

La actualización de los parámetros y los nuevos valores de las categorías a ingresar –impuesto integrado y cotizaciones previsionales-, tendrán efectos a partir de enero de 2021. Las nuevas categorías se encuentran disponibles para consulta en el sitio de la AFIP monotributo.afip.gob.ar

A partir de la actualización de los parámetros y valores del monotributo, todos los contribuyentes del régimen simplificado fueron categorizados en forma retroactiva por única vez. El procedimiento refleja la categoría que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1 de febrero de 2021.

La nueva categoría asignada puede consultarse a través del sitio web del organismo. Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la categoría hasta el día 25 de junio, inclusive.

Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, podrán ingresarse a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021.

Las diferencias podrán consultarse desde el 1 de julio de 2021 en el portal “Monotributo” seleccionando la opción “Estado de cuenta” o ingresando al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, accediendo con Clave Fiscal. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar las diferencias a través de un plan de facilidades de pago.