El Gobierno convocó a gobernadores e intendentes a controlar precios
El Gobierno nacional convocó por decreto a los intendentes de todos los municipios del país y a los gobernadores “a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento” del congelamiento de precios de 1.432 productos dispuesto por la Secretaría de Comercio Interior.
El presidente Alberto Fernández firmó el decreto, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, para reforzar el cumplimiento del plan que busca moderar la inflación al menos por 90 días. Por ahora, el plan fue extendido a los supermercados, pero todavía no están incluidos ni los denominados "chinos" ni los almacenes de barrio.
El Decreto 745/2021 que cuenta con las firmas del Presidente, del jefe de Gabinete Juan Manzur, y de los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y de Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, fue publicado este viernes en el Boletín Oficial.
“Convócase a los Intendentes y las Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 1050 del 19 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680″, reza el primer artículo de la normativa con la que el Poder Ejecutivo busca frenar la escalada inflacionaria de productos de consumo masivo, antes de los comicios del 14 de noviembre.
En el artículo 3º la convocatoria se hace extensiva a “los gobernadores y las gobernadores de provincia y al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Ya el miércoles Alberto Fernández había defendido el congelamiento de precios frente a gobernadores de todo el país, a excepción del mendocino Rodolfo Suárez y Horacio Rodríguez Larreta. Allí los mandatarios locales firmaron el “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y las Provincias” al respecto de este tema.
“Los aumentos de precios castigan con dureza los ingresos de los argentinos y argentinas, poniendo en riesgo al mismo tiempo la continuidad del crecimiento económico. Si los ingresos de nuestro pueblo se deterioran, el consumo, la producción, la inversión, el empleo y la rentabilidad de nuestras pymes se debilita”, se mencionó en el documento.
“Por eso, es momento de cuidar entre todos y todas, la recuperación económica, priorizando a los que más padecieron este tiempo tan difícil que nos tocó atravesar. Es momento de acompañar las medidas adoptadas por el gobierno nacional para retrotraer los aumentos de precios al 1 de octubre, y establecer hasta el día 7 de enero de 2022, la fijación temporal de precios máximos de venta al consumidor final, para todos los productores, comercializadores y distribuidores de los productos indicados”, se agregó.
Más allá del gesto de los gobernadores, el Poder Ejecutivo decidió avanzar con la convocatoria por decreto. “Invítase a los Gobernadores y las Gobernadoras a coordinar estas acciones con los Intendentes y las Intendentas de cada jurisdicción, conforme las normativas provinciales y municipales”, aclara la normativa.
Para el cumplimiento del control de los precios congelados, “las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley de Abastecimiento N° 20.680, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto”.
Será el área que conduce ahora Roberto Feletti la que brindará a los intendentes “la asistencia técnica y la cooperación que le sean requeridas”.
“Resulta prioritario garantizar el cumplimiento de dicha medida o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, para asegurar el bienestar de los y las habitantes del país de modo uniforme en todo el Territorio Nacional”, justificó el Gobierno en los considerando del decreto.
Con respecto a la facultad que otorga a gobernadores e intendentes, se explicó que “el Poder de Policía, como actividad de la Administración destinada a garantizar el mantenimiento de la convivencia armónica, la seguridad, el orden público, la salud y el bienestar general tiene su fundamento en el artículo 14 de la Constitución Nacional”.