La Cámara Nacional Electoral (CNE), máximo organismo judicial en materia de elecciones, advirtió este lunes que los ciudadanos que no hayan votado el domingo en los comicios legislativos deberán justificar su inasistencia. Cabe aclarar que hay 60 días para realizar el tramite y justificar la ausencia.

"#EleccionesArgentina Si no votaste, dentro de los 60 días posteriores a la elección, debés justificar la no emisión del voto con la constancia que lo acredite. Ingresá en nuestro Chat Bot y elegí la opción 4: http://wa.me/5491124554444", publicó hoy la CNE, en su cuenta de Twitter.

Ampliar contenido
Tweet de Cámara Electoral

Se exceptuó de ir a votar a quienes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, hayan tenido contacto estrecho con un caso positivo y a las personas que pertenezcan al grupo de riesgo y que por indicaciones medicas no puedan ir a votar. La justificación se podrá realizar presentando un certificado de su situación.

Quienes hayan ido a votar y en el colegio presentaron algún síntoma compatible al Covid-19, también serán exceptuados de votar. También si una persona se encontraba enferma tendrá que presentar un certificado medico ante la Secretaria Electoral para poder justificar la ausencia.

Por otra parte, si el votante se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar por “motivos razonables”, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia.

En caso de no poder hacerlo, deberán pagar una multa de 100 pesos en las elecciones generales. Para las PASO la multa era de 50 pesos.

Así, las personas que no votaron en las PASO ni en las legislativas del 2021 deberán pagar 150 pesos en total.

En caso de que decidan no pagar la multa, los infractores quedarán registrados como tales y no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. A su vez, tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial infractores.padron.gob.ar se puede consultar la situación particular de cada ciudadano.

La deuda puede abonarse a través del Banco de la Nación Argentina personalmente o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.