Rondina: “La Corte se arroga competencias que la Constitución no le da”
El abogado constitucionalista santafesino asegura que la decisión de suspender las elecciones en San Juan y Tucumán viola derechos constitucionales al ponerse la Corte como tribunal de primera instancia, cuando estos casos deben ser revisados primero por los máximos tribunales provinciales.
El abogado constitucionalista Domingo Rondina rechazó de movida la medida cautelar de la Corte Suprema que suspendió las elecciones en Tucumán. Afirmó que el Máximo Tribunal no debió haber intervenido porque no le corresponde. La crítica no es al fallo, sino hacia el mecanismo por el cual se le dio lugar a la denuncia. “En principio la Corte recibe una causa en lo que se llama Competencia Originaria, es decir lo recibe para ser ella el primer juzgado de la causa”, explicó.
En el caso de Tucumán, se trató de recurso de amparo con San Juan es una acción declarativa de certeza, pero en ambos casos la Corte lo recibe como Tribunal de Primera Instancia, situación que trasgrede normas constitucionales. “Lo tienen que resolver primero los tribunales de las provincias, pero eso después puede ser apelado por la Corte nacional quien puede revisarlo. El problema en esta circunstancia es que no fueron en revisión, directamente fue en primera instancia y la Corte no tiene que actuar como primera instancia, salvo en los excepcionalísimos casos previstos en la Constitución, por ejemplo cuando una provincia le hace juicio a otra”, señaló Rondina a Rosarioplus.com.
El abogado señaló que la Corte “no es la primera vez que hace esto”, pero ahora lo hace de “forma extrema”, admitiendo dos escritos que presentaron particulares por la mesa de entradas, lo cual es “inusual y tiene efectos catastróficos” en el futuro cercano. “Esto puede llevar a una catarata de amparos. Entonces habrá un sinfín de causas en la Corte que después va a empezar a elegir y no se sabe cómo va a ser el criterio. La corte está inventando una nueva puerta de entrada que va a ser muy discrecional”, advirtió.
Además Rondina marcó que hubo “tiempismo” por parte de la Corte que dicta una cautelar que tiene fines preventivos y como mucho debería durar dos semanas en declararse. “En San Juan la demanda entró el 10 de abril y la tuvieron cajoneada un mes, ayer se les cayó del escritorio y ahora les corrió la urgencia y debe explicar qué pasó porque ya estaba todo encaminado para las elecciones y generaron un daño mayor”, apuntó.
La Corte aún no resolvió la cuestión de fondo en ambas causas, pero se declaró competente para entender sobre las candidaturas de Juan Manzur en Tucumán y de Sergio Uñac en San Juan, ambos peronistas y del Frente de Todos. "Ambos candidatos hicieron una trampita porque no contaron en ese límite sus cargos como vicegobernadores y quienes impugnaron las candidaturas argumentan que el cargo de vicegobernador también cuenta como cargo del Ejecutivo", dijo en ese sentido el letrado.
Asimismo explicó que quienes presentaron la queja dicen que “el bloqueo constitucional es para la fórmula y ellos hacen una lectura que les permite jugar de nuevo”. “Coincido con que las candidaturas eran tramposas y que está bien que no se les permita porque violan sus propias constituciones provinciales y en eso gran parte de los constitucionalistas estamos de acuerdo, no estoy de acuerdo con el manejo de la Corte. Recuerdo el caso del per saltum, donde nos escandalizamos, aquí la Corte hizo nacer un juicio ante ella y se arrogan facultades que la Constitución no les da”, presisó.
Historia de reelecciones
Jorge Manzur ya había sido vicegobernador de Tucumán entre 2007 y 2015, cuando José Alperovich era gobernador; posteriormente fue gobernador, entre 2015 y 2019, y fue reelegido en el cargo para el mandato 2019-2023. Ahora se presentó para volver a ser vicegobernador, con Osvaldo Jaldo encabezando la fórmula.
Uñac, a su vez, había sido vicegobernador de otro peronista, José Luis Gioja, entre 2011 y 2015 y luego fue gobernador de 2015 a 2019 y obtuvo su primera reelección para continuar en el cargo hasta 2023. Es decir que ahora se presentaría para un tercer mandato como gobernador pero, a la vez, para un cuarto mandato consecutivo como miembro del binomio gobernante.
Advertencia a provincias
Como se sabe, una de las lógicas del Sistema Judicial es la resolución de conflictos por medio, muchas veces, de la aplicación de fallos o decisiones precedentes. Sin ir más lejos, cuando se conoció la suspensión de las elecciones en Tucumán y San Juan con el paso de las horas hubo quienes señalaron que no es la primera vez que ocurre una suspensión, ya que hubo casos en 2019.
Pero con la decisión que dio a conocer la Corte este martes, lo establecido por las Constituciones provinciales de otras tres provincias entraría en riesgo de ser declarado inconstitucional. Así, de movida, cualquiera se podría presentar a plantear la inconstitucionalidad porque si el argumento de la Corte es que en San Juan y Tucumán está en riesgo la periodicidad y se viola el Sistema Republicano ya se violaría en otras provincias donde existen las reelecciones.