La Cámara Penal redujo las penas impuestas a los tres condenados por el crimen del entrenador Marcos Guenchul, en 2019, al considerar que los implicados no armar un plan para asesinar al joven.

En el fallo de segunda instancia de los camaristas Bibiana Alonso, Gustavo Salvador y Tomás Orso, la ex pareja del personal trainer, Priscila Denoya, pasó de una pena de prisión perpetua por homicidio calificado, a recibir cuatro años como instigadora de amenazas. 

En tanto, Caio Soso (pareja de Denoya al momento del homicidio) y Maximiliano Panero, se les modificó la calificación penal por otra menos gravosa y recibieron 20 y 22 años de prisión, respectivamente.

En noviembre del año pasado, la Cámara de Apelaciones en lo Penal revocó parcialmente el fallo de primera instancia y condenó a perpetua a los tres acusados. Tras el juicio oral, Denoya había sido absuelta, pero luego la encontraron culpable del delito de amenazas coactivas. A su vez, dos de los camaritas interpretaron que todos los acusados formaron parte de un plan criminal que buscó darle muerte al hombre de 32 años.

Meses después, la Cámara Penal redujo las penas que recaían sobre los tres condenados por homicidio, ya que rechazaron que se haya tratado de un “homicidio concertado” al plantear que “sería de extrema torpeza para Soso haber ido con su propio auto a llevar al sicario y permanecer allí mientras ejecutaba a Guenchul. Al igual que para Panero, quien en una torpe maniobra, habría hecho caminar a Guenchul hacia su ejecución, haciéndose ver por el chofer de la línea K para luego prácticamente frente al mismo darle muerte, asegurando su impunidad”.