La Legislatura busca frenar los delitos con teléfonos celulares
La Legislatura provincial avanza en un proyecto para que se abra un registro de todas las tarjetas SIM de teléfonos celulares que se comercialicen en las agencias y comercios habilitados de toda Santa Fe, a fin de prevenir delitos por el uso indebido de la telefonía celular. La iniciativa del senador Armando Traferri ya tiene media sanción de la Cámara Alta y espera ahora su tratamiento en Diputados.
El proyecto de Traferri, quien preside la Comisión de Seguridad del Senado, dispone la creación de un registro que permita tener “información oportuna y fidedigna”, para lograr la trazabilidad de cada tarjeta SIM utilizada en los teléfonos celulares. Este registro apunta a responsabilizar a cada local comercial de “llevar un registro digital y un libro debidamente foliado y rubricado por la autoridad de aplicación: Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, en los cuales se consignen todas las operaciones de compraventa”.
En este registro se deberán consignar datos como apellido, nombre o razón social del comprador; tipo y número de documento del comprador; copia del DNI; lugar, fecha y hora de la operación de compraventa; empresa prestataria del servicio de telefonía móvil y número de identificación de la tarjeta SIM; y, si el comprador cuenta con aparato de telefonía celular, se deberá consignar marca, modelo y número de Imei (del inglés International Mobile System Equipment Identity; del español Sistema Internacional para la Identidad de Equipos Móviles).
Los datos documentados en el Libro de Registro de Tarjetas SIM serán de carácter confidencial y reservado, conforme a la Ley Nacional Nº 25.326 (de Protección de Datos Personales).
En el ámbito del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe funcionará el Registro Provincial de Comercialización de Tarjetas SIM, cuyo objetivo primordial es el asiento permanente y actualizado de todas las transacciones comerciales.
El registro no será de carácter público, por lo cual todas las constancias y datos obrantes resultarán -de aprobarse la ley- “de contenido estrictamente confidencial y reservado”, disponibles ante “una orden expresa emanada de una autoridad judicial que lo autorice”.