Liberan a dos policías imputados por el crimen de Jonatan Herrera
Un tribunal autorizó a dos efectivos de la Policía de Acción Táctica a salir de prisión a pesar de que en abril fueron condenados por el asesinato a sangre fría de un joven desarmado, en enero de 2015, mientras lavaba su auto en Ayacucho y Seguí
Un tribunal resolvió este viernes, en fallo dividido, que los policías Luis Alberto Sosa y Francisco Javier Rodríguez -condenados por el asesinato del joven Jonatan Herrera- continúen el proceso judicial en libertad. En cambio, al policía Ramiro Rosales le negaron el permiso para acceder a un régimen de salidas transitorias que había solicitado. Los jueces Alejandro Negroni y Rodolfo Zvala votaron a favor de excarcelar a estos imputados, mientras que su par Juan Carlos Curto se opuso.
"Para cuando quede firme la sentencia -ante un posible recurso extraordinario- y si se confirma la sentencia del Tribunal de primera instancia, los imputados estarán gozando todos de libertad y en el caso de Rosales con salidas transitorias " lamentó el abogado Santiago Bereciartúa, representante de los querellantes. El letrado analiza si apelar o no el cese de prisión para los dos policías, o esperar que lo haga la Fiscalía misma.
Sobre estos resultados, lejanos a lo deseado por los familiares de Herrera y su defensa, Bereciartúa precisó que “hay mucha bronca, ellos temen cruzarse en la calle a estos tipos que mataron a Joanatan, que aunque están inhabilitados para ejercer en la Policía, hay un riesgo de fuga, ya que hemos pedido una condena perpetua en ambos casos”.
Los tres policías fueron condenados en primera instancia, pero sus abogados apelaron y ahora esperan esa audiencia de apelación que se realizará el 3 agosto. Y quieren esperarla en libertad. Dos de ellos lo consiguieron este viernes.
Sucede que las defensas de Sosa y Rodríguez se ampararon en el Artículo 13 del Código Penal sobre la proporcionalidad de pena en expectativa, ya que -desde ese punto de vista- se cumplieron dos tercios de la condena. “Este artículo tiene el requisito del paso del tiempo pero también el de documentos que prueben la condición subjetiva suficiente para estar en libertad, con informe de conducta, ambiental y psicológico, y su defensa no presentó ningún tipo de informe”.
Es por eso que a la querella le pareció un fallo “arbitrario, porque el tribunal no se expidió ante la falta de documentación que contraríe sus argumentaciones”.
Bereciartúa remarcó a Rosarioplus.com que “la policía debe resguardar a los ciudadanos, pero en esta caso mató la vida de uno, y luego en la investigación no hubo una correcta conservación del lugar del hecho y la Fiscalía sigue la versión policial. A eso se suma que la Justicia fue muy benévola. Claramente no es un trato proporcional al de cualquier ciudadano”, fustigó en alusión a las condenas leves que recibieron los involucrados en la letal balacera.
El 6 de abril pasado, los jueces Curto, Zvala y Juan José Alarcón emitieron sentencia sobre este caso, y la pena más alta fue de sólo 6 años de prisión para Rosales, de la Policía de Acción Táctica, mientras que una agente del Comando Radioeléctrico, Gladys Galindo, que también estaba en el banquillo de acusados resultó absuelta. En tanto, Rodríguez y Sosa, más su comapñero Alejandro Gálvez, todos de las PAT, fueron condenados a 3 años y 8 meses por abuso de armas agravado.