Tribunal anula una absolución y condena a sicario por un crimen mafioso
La Cámara Penal revocó la absolución en primera instancia de Elías “Zapatito” Benegas y lo condenó a 17 años de prisión por el asesinato de Jonathan Rosales, encargado por Tubi Segovia
El tribunal de Cámara Penal integrado por los jueces Gustavo Salvador, Gabriela Sansó y Carolina Hernández revocó el fallo de primera instancia por el cual Elías Benegas había sido absuelto, y lo condenó a 17 años de prisión por considerarlo autor del homicidio de Jonatan Rosales y del intento de homicidio de su pareja, Brisa Ojeda, el 22 de junio de 2016.
Jonatan Rosales fue asesinado la noche del 22 de junio de 2016 luego de que la moto en la que iba con su bebé y su pareja, Brisa Ojeda, fuera embestida por un auto en el que iban Tubi Segovia y Zapatito Benegas. Luego del impacto, los tres quedaron tendidos en una zanja en Padre Giaccone al 1300 (Battlle y Ordóñez y Corrientes) y desde el auto le dispararon más de cinco veces. Esas balas mataron a Rosales y dejaron malherida a Ojeda en una pierna.
Para los camaristas, los jueces de primera instancia se equivocaron al desacreditar el testimonio de la única testigo presencial argumentando que no pudo haber identificado a sus agresores en el momento en que le disparaban debido a la oscuridad que había en el lugar, lo que impedía alcanzar la certeza exigida para el dictado de un pronunciamiento condenatorio.
La sentencia de Cámara expone que no se tuvo en cuenta que Brisa Ojeda los había identificado minutos antes de ser embestida, cuando se dio cuenta que la venían siguiendo, y que los conocía de antemano debido a que su pareja se vinculaba con ellos en ocasiones en que debían "coordinar para llevar gente a la cancha de NOB, cuando había partido de fútbol" y que "eran amigos" hasta "tres meses antes de este hecho" cuando "Tubi Segovia le pidió que mate al 'Cuatrerito' y él se negó". Ese crimen se consumó finalmente en junio de 2016, en la puerta del Coloso del Parque, y los asesinos fueron condenados el año pasado.
Además, los camaristas criticaron a sus pares de primera instancia el hecho de que se desacredite a la testigo por no haber denunciado lo ocurrido cuando expresamente declaró que, en el hospital, ante las preguntas de la policía, decidió no decir nada porque sabía por su pareja que Tubi le pagaba a la policía.
El fallo condenatorio hace referencia a otra causa que no puede ser dejada de lado para entender el presente caso: el homicidio de Lorena Ojeda, asesinada por sicarios que la confundieron con su hermana y que tenían como objetivo impedir que participara de una rueda de reconocimiento de personas por el homicidio de su pareja, en la que iba a estar Tubi Segovia. Este Segovia era un delincuente en ascenso dentro del hampa rosarina, hasta que fue asesinado en su celda, mientras cumplía condena en la cárcel de Coronda.
Para los camaristas, el material probatorio de las causas en las que fueron condenados Cristian González y Fernando Caminos como partícipes secundarios del homicidio de Lorena Ojeda y el abogado Marcos Cella por haber postergado la rueda de reconocimiento para dar tiempo a Tubi Segovia de encontrar alguna manera de evitar ser reconocido no hacen más que confirmar la veracidad y certeza del testimonio de Brisa Ojeda.