Luego de haber legalizado el autocultivo de cannabis para uso medicinal y el expendio de sus aceites en farmacias, el Gobierno creó un registro para que se anoten las personas que cultiven en sus domicilios para los fines autorizados. La medida se anunció a través de la Resolución 800/2021 este viernes en el Boletín Oficial.

Con la firma de la ministra de Salud, Carla Vizotti, el Poder Ejecutivo avanzó con un control sobre aquellos usuarios que busquen acceder a la planta de cannabis y sus derivados como “tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor”. 

Para eso se aprobó el Sistema de Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), al cual deberán ingresar quienes necesiten obtener autorización para cultivar, o para adquirir la sustancia mediante un cultivador o una organización civil habilitada.

Según explicaron las autoridades nacionales, será un “requisito excluyente” para los solicitantes “contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional” y brindar un “Consentimiento Informado Bilateral”.


No hay lugar para atajos de auqellos que quieran utilizar el cultivo para fines no terapéuticos: todos los datos que se ingresen allí tendrán “carácter de Declaración Jurada por lo que su falsedad o inexactitud podrá dar lugar a la revocación de la autorización otorgada”.

Una vez que el pedido sea aceptado, el sistema enviará un certificado que servirá “como prueba fehaciente y autosuficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas” por las autoridades competentes y tendrá un “plazo de vigencia de 1 año desde la fecha de emisión”.

Además, para hacer este trámite tanto el usuario independiente como cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con un Perfil Digital de Ciudadano vigente en la plataforma Argentina.gob.ar.