Las quejas de los usuarios por los abusos e incumplimientos de las empresas telefónicas se multiplicaron en los últimos años. Los servicios ligados a las telecomunicaciones son los que suman más denuncias en las dependencias públicas que buscan proteger los derechos de los consumidores.

Un rosarino llevó su reclamo a los Tribunales. Y tras un largo litigio, la Justicia le dio la razón. En un fallo de primer instancia se obliga a una compañía a resarcir a su cliente por el daño que sufrió tras la compra de un teléfono celular.

Lo novedoso de la sentencia, que lleva la firma del juez Carlos Cadierno, es que además del daño "material y moral", contempla el "daño punitivo", una figura muy reclamada por quienes patrocinan a los consumidores en este tipo de casos.

Este daño consiste en un "adicional" que puede concederse al perjudicado por encima de la indemnización de los daños y perjuicios que pudieran corresponder. Parte de la premisa de que la mera reparación del perjuicio puede resultar "insuficiente" para desmantelar los efectos de ciertos ilícitos, en particular cuando quien daña lo hace con un grave menosprecio para los derechos de terceros.

"Resulta una medida ejemplarizadora tendiente a disuadir toda conducta comercial abusiva", concluyó el magistrado Cadierno en este caso.

La historia

El 18 de septiembre de 2014, G.R. (el damnificado) adquirió el equipo MOTO G (XT 1032) por la suma de 2.474 pesos en el local comercial de Personal Argentina S.A, en calle Córdoba al 1400. La compra tenía como finalidad el cambio de empresa de telefonía y a su vez la conservación de su número de celular, que tenía con otra compañía.

En un plazo de diez días, el nuevo cliente iba a recibir una Tarjeta SIM para formalizar su ingreso a la empresa Personal y poder así empezar a utilizar del equipo adquirido. Vencido este plazo, se acercó al local para pedir explicaciones por el incumplimiento de lo acordado. Le respondieron que había surgido un problema y que no iba a poder ingresar como usuario de la empresa.

Le recibieron el equipo y le prometieron que en breve recibiría la devolución del dinero, lo que nunca ocurrió. Primero radicó una denuncia ante la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y luego se asesoró para iniciar una acción legal. Los abogados José María Gambelín y Leonardo Brunno tomaron el caso y presentaron una demanda con toda la documentación que respaldaba el relato del cliente.

A tres años de aquella traumática compra, la Justicia falló a su favor. Condenó a la firma a devolverle el monto del aparato, a indemnizarlo por el daño moral causado y pagar un daño punitivo. La cifra supera los 27 mil pesos.