Nuevo Código de Convivencia: en qué le cambia la vida a los rosarinos
Se le da un rol activo al ciudadano para denunciar, se tipifica contra los cuidacoches, el acoso callejeros y maltrato animal.
Después de meses de estar en debate en comisiones, y de un jueves extenso para finar el lápiz y las negociaciones, el Concejo municipal de Rosario aprobó el nuevo Código de Convivencia donde se establecen las condiciones y faltas para lograr una convivencia en paz de la sociedad local. La última modificación era de 1981.
"Salió en general por unanimidad y es muy importante en lo político, más allá de rechazos en particular de algunos puntos", sostuvo en Sí 98.9 la presidenta del Concejo María Eugenia Schmuck. Además la concejala contó que se tipificaron las faltas ambientales, acoso callejero y de maltrato animal.
Ciudadano denunciante
Para comprobar un hecho o falta administrativa, se requiere un acta de un agente municipal, constataciones de medios del Estado, como puede ser a través de cámaras de seguridad o radares. Lo que se suma esta vez es el papel del ciudadano: cualquier rosarino o rosarina podrá denunciar ante el Tribunal de Faltas o en canales tecnológicos de la Municipalidad, a través de fotos y videos.
Cuidacoches
Un caso por el cual el ciudadano podrá actuar de esa manera es ante algún vehículo mal estacionado o, incluso, alguna eventual mala situación con cuidacoches en la vía pública. Lo que se hizo es incorporar la figura de extorsión al Código, figura penal en la que la Municipalidad no tenía competencia.
En ese punto se establece que “la persona que, mediante actos determinados obstruya o altere la fluidez o seguridad del tránsito, o que mediante actos extorsivos y/o de cualquier otra manera se arrogue preferencia de uso sobre la calzada, será sancionada con multa de 10 a 200 UF y/o con la realización de tareas educativas y concientizadoras”.
Juicio por jurado vecinal y mediación
Se incorpora a la mediación como mecanismo a la hora de la sanción. Por otro lado, otra figura que se suma para darle un rol activo al ciudadano es el Jurado vecinal que podrá ejercer de tribunal en un juicio únicamente cuando se trate de infracciones que impliquen graves afectaciones a la convivencia ciudadana. Este juzgamiento no procede en los casos de discriminación, por religión, discapacidad, genero, o etnia.
Espacio público
La utilización del espacio público y verde por grupos de entrenamientos físicos y deportivos de manera abusiva serán sancionados. En los parques se puede ver a grupos entrenar, apropiarse del espacio, incluso con una actividad privada de lucro en un lugar público, muchas veces reduciendo el uso a los ciudadanos.
Eso, en teoría, se regulará. Hay que ver si hay actividad de agentes para actuar de oficio o dependen de la voluntad del vecino de denunciar ahora que puede. Lo mismo sucede para eventos sociales, por ejemplo, un festejo de cumpleaños que se salga de la vaina en un parque. El código estable como falta las fiestas clandestinas en espacios públicos.
Basta de “piropos”
El acoso sexual callejero, ya sea agresiones físicas o verbales , contacto o insinuaciones, comentarios sexuales y seguimientos, será sancionado económicamente y también, como pena complementaria, la realización de actividades educativas y concientizadoras.