Proponen que al construir en Rosario haya que incorporar la energía solar
En el Concejo madura una iniciativa de Taller Ecologista, UTN y Municipalidad para establecer por ordenanza este requisito de construcción: energía solar y fotovoltaica como modo de ahorro sustentable.
Con el fin de promover la transición hacia energías renovables, impulsan un proyecto para incorporar la energía solar en los inmuebles. Lo que proponen es una actualización de la ordenanza de 2011 que regula la instalación de energía solar térmica en edificios públicos, ampliando su alcance a todas las nuevas construcciones, tanto públicas como privadas, e incluyendo también la energía solar fotovoltaica.
La iniciativa parte de un trabajo colaborativo entre la Municipalidad de Rosario (secretarias de Obras Públicas, Planeamiento, y Ambiente y Espacio Público), la ONG Taller Ecologista, y el Observatorio de Energía y Sustentabilidad de la UTN Facultad Regional Rosario.
Entre los considerandos del proyecto se menciona que Rosario fue pionera a nivel nacional en la reglamentación sobre energía solar térmica a través de la ordenanza sancionada en 2011 que obliga a las construcciones públicas nuevas a incorporar dicha tecnología para el calentamiento de agua sanitaria.
Asimismo, se subraya que la incorporación de sistemas solares térmicos y fotovoltaicos permite ahorros en el consumo de energía que se traducen en beneficios ambientales y económicos; que la transición energética puede ser una oportunidad para el desarrollo local, con generación de empleo verde; y que existen sectores de la ciudad con población que no posee acceso a los recursos energéticos.
La ordenanza
La ordenanza tiene por objeto establecer dentro del ámbito de la ciudad el marco regulatorio para el uso de sistemas solares térmicos y Fotovoltaicos, con el propósito de promover una transición hacia nuevas Fuentes de energía bajas en carbono y resilientes al clima y cumplir con las metas asumidas en el Plan Local de Acción Climática.
En tanto, será de aplicación obligatoria para edificaciones nuevas, ampliaciones y/o modificaciones, tanto públicas como privadas, con los siguientes usos: residencial, oficinas, salones comerciales, sanatorios, hospitales, supermercados, centros comerciales, cines, confiterías bailables, edificios educativos y deportivos, cocheras, talleres, depósitos, galpones, hoteles y teatros.
Asimismo, quedan excluidos los edificios catalogados como patrimonio histórico, iglesias, templos, capillas e instalaciones industriales.
Además, el Ejecutivo deberá articular con entidades bancarias y otros organismos provinciales y nacionales mecanismos para posibilitar la financiación especial para la compra e instalación de sistemas solares térmicos de fabricación nacional y sistemas fotovoltaicos tanto nacionales como importados.