Un nuevo intento para que no se penalice el autocultivo de cannabis
Sería en los casos que se pueda demostrar que la tenencia y cultivo es para el uso medicinal propio o de un familiar a cargo
El diputado provincial Jorge Henn y el abogado Domingo Rondina junto a la Asociación Civil Madres del Cannabis Medicinal (Macame) presentaron un amparo contra la justicia nacional a través del cual solicitan se declare inconstitucional la penalización del autocultivo para uso medicinal.
El propósito fundamental es que se declare la inconstitucionalidad de toda normativa que prohíba el autocultivo de cannabis para consumo medicinal. Pero no sólo eso, sino que además piden una medida cautelar que impida toda persecución penal mientras se tramita la causa.
El ex vicegobernador impulsa la despenalización. Hace unos meses solicitó formalmente al Ministro de Salud de la Nación que destrabe la importación de materia prima proveniente de Uruguay para comenzar a producir cannabis medicinal en el laboratorio provinciaL LIF.
En esta misma linea el ahora diputado explicó que “obviamente lo que queremos es que el Estado lo provea pero, hasta tanto eso no ocurra, no puede prohibirse su autocultivo, siendo que además están demostradas científicamente sus condiciones medicinales”.
“Hace mucho que venimos peleando por esto y lamentablemente hasta el día de hoy, este producto no se encuentra disponible ni en farmacias, ni en Centros de Salud y la única manera de conseguirlo es mediante el cultivo de la planta en nuestras casas y la extracción casera de su aceite”, explicó la presidente de la Asociación y remarcó: “Necesitamos que la justicia nos acompañe en esto”.
“Garantizar el acceso al tratamiento cannábico a todos aquellos que lo necesiten se trata de una política de Salud Pública. Debemos dejar de lado los prejuicios y simplificaciones morales; en todo caso poner por encima de todo, el único valor absoluto que conocemos… el cual es, tener una vida digna”, concluyó el diputado.
La experimentación
El recurso advierte además que la llamada “Ley de Cannabis” (N° 27.350) sancionada por el Congreso de la Nación en el 2017 incurre en una arbitrariedad en torno a la gratuidad del acceso al medicamento cannábico ya que la norma dispone la provisión sin costo para quienes se encuentren incorporados al “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.
“Tal disposición constituye una grave violación a los derechos de los niños y niñas enfermos, al pretender usarlos como cobayos y consecuentemente tacha de inconstitucional y contravencional la distinción que establece”, expresa el Amparo.
Efectivamente, el escrito ordena al Estado Nacional otorgar gratuitamente el aceite cannábico cuando esté disponible sin forzarlos a someterse a experimentación clínica. Además deja al descubierto a un Estado que no ha podido garantizar el sistema público de producción y provisión del insumo, pese a que en la actualidad existen leyes nacionales y provinciales que habilitan el uso de aceite cannábico.