La Ley de Talles, una norma que busca erradicar la discriminación hacia los cuerpos, viene generando debate y novedades desde hace más de una década. Sin embargo, a 10 años de puesta en vigencia de una normativa provincial y a cuatro de una a nivel nacional, su aplicación continúa siendo difusa.

En julio de este año se conoció la noticia sobre la adhesión de Santa Fe a la Ley Nacional de Talles, para lo cual deberá adaptar su propia normativa. Sin embargo las dificultades se presentan al aún no estar publicada la tabla oficial de talles. En diálogo con Rosarioplus.com especialistas analizaron los desafíos y posibilidades que se abren con la normativa y también las importantes dificultades con las que se enfrenta.

Laura Carrascal, investigadora sobre moda y directora de la carrera de Diseño de Indumentaria y Textil de la UNR, planteó particularmente lo que la ley moviliza en el ámbito del diseño. “Esta ley implica adecuarse a una normativa, en este caso a una serie de talles con una curva específica determinada por un estudio antropométrico. Es decir, los talles ya no van a estar establecidos por una cuestión de identidad estética de cada marca, sino de acuerdo a los cuerpos de los argentinos. Es decir que uno tendrá el mismo talle independientemente de la marca, o de la tienda de ropa en donde vaya a comprar”, explicó.

En este sentido aseguró que la presencia de una normativa es una buena noticia para todos, pero principalmente para la adolescencia. “Justamente, las marcas que se enfocan en este segmento del mercado son las que pueden llegar a generar más daño ya que su publicidad, su captación, está destinada a un sector de la población todavía muy vulnerable, con muchas inseguridades propias de la edad”.

Además planteó que en lo que respecta al diseño “incentiva y moviliza a trabajar con un nicho de mercado que aún no está lo suficientemente explorado. Cuerpos diversos, que no se atan a las estéticas hegemónicas y que son efectivamente un desafío a la hora de diseñar, porque no son los cuerpos lo que tienen que ajustarse a la ropa, sino la ropa a los cuerpos reales”.

Con ese mismo espíritu se encargó un estudio antropométrico al INTI para confeccionar la tabla de talles, la cual además deberá actualizarse cada 10 años ya que por diversos factores lo cuerpos de la población pueden variar. El mismo fue realizado a través del escaneo 3D de cuerpo de voluntarios y voluntarias, teniendo en cuenta las diferentes edades, géneros y distribución territorial. Para llegar a sus conclusiones el INTI relevó el cuerpo de 13.276 personas distribuídas en 20 ciudades que participaron del censo.

“Sin embargo, aún no fue publicada la tabla resultante. De hecho, el Consejo Técnico Consultivo, con funciones ad honorem, encargado de examinar la implementación y difusión del Sistema Único de Talles, recién terminó de designar a sus miembros el pasado 14 de julio”, planteó Carlos Silva, abogado y docente de legislación en la carrera de Diseño de Moda e Indumentaria de la UNR, quien se detuvo en las particularidades de una ley que aún no termina de arrancar.

“Lo primero que el 20 de noviembre de 2019 se sancionó la Ley Nacional de Talles No 27.521, con el fin de establecer un sistema único y estandarizado de talles (SUNITI), es decir una tabla de medidas corporales, que deberán cumplir los fabricantes, comerciantes e importadores de indumentaria, sean comercializadas de manera presencial, a distancia o por medios electrónicos y para personas mayores de 12 años de edad. En cuanto al ámbito de aplicación, la ley nacional no deja dudas que es todo el territorio nacional (art. 5), aunque el régimen sancionatorio pueden ejercerlo conjuntamente las provincias, pudiendo controlar el efectivo cumplimiento de la ley (art. 11)”.

“La reglamentación de la ley nacional llegó recién el 6 de junio de 2021 (después de 18 meses) durante la pandemia y ante el incremento masivo de compras online de indumentaria”, explica. Efectivamente, el importante incremento del e-comerce que se mantiene incluso tras la salida del confinamiento, puso en evidencia la necesidad de una regulación en relación a los talles que evite confusiones.

“En paralelo, desde 2007 la provincia cuenta con su propia ley, la cual sigue vigente pero tiene importantes diferencias con la nacional, en primer lugar no cuenta con el estudio antropométrico y contempla sólo la situación de mujeres adolescentes para la estandarización e inclusión de tallas. Esta ley sigue rigiendo de manera paralela a la Nacional de 2019”, explicó el letrado.

Además aseguró que “la actuación reciente de la legislatura provincial es algo que tampoco se termina de entender muy bien el fin, ya que lo hizo fue declarar de interés la ley nacional. Es una de las grandes críticas que se le hace. Porque una ley no es de interés o no, es una ley y se deben arbitrar lo medios para cumplirla”.

Y añadió: “Tampoco requiere de una «adhesión» provincial en tanto que no es una ley marco, sino que en todo caso la provincia, debe «adecuar» su propia ley 12.841 sancionada y reglamentada con anterioridad a la creación del SUNITI”.

Los desafíos de una ley sancionada hace ya cuatro años siguen siendo muchos, y las dificultades del Estado para llevarla adelante parecen atentar contra aquello que la ley venía a defender: el derecho de los cuerpos de vestirse acorde a su propia talla y no acorde a lo que le convenga a la industria.