Mientras los abogados defensores de los acusados en la megaestafa inmobiliaria y lavado de dinero intentan instalar que la figura de asociación ilícita no encuadra de ningún modo en la causa, la Fiscalía sostiene la calificación y aclara que el juicio oral es la instancia adecuada para discutir este tema.

La Unidad Fiscal Especial de Delitos Económicos y Complejos de Rosario habla de una asociación ilícita no vertical, donde el patrón vinculante no es el contacto, sino células que tienen capacidad propia, pero sí tienen en común el beneficio recíproco. La red realizaba estafas inmobiliarias y se pasaba esas propiedades de mano en mano mediante ventas a valores irrisorios, y lograban que las propiedades entren al circuito con precios más elevados. 

Lo particular del caso es que sin estar coordinando el detalle entre todos, uno se beneficia de la primera estafa al campo en cuestión y luego otros se benefician de la venta posterior y el lavado.

Es decir, que la Fiscalía deja de lado aquella idea de organización en una mesa redonda con el jefe en la punta, planificando diferentes delitos. Es justamente lo que los abogados defensores reprochan y ponen en discusión, vale aclarar, antes de la etapa en que se discute propiamente las pruebas de la calificación.

“De ningún modo cabe en la causa. La asociación ilícita es vertical, organizada, con planes delictivos acreditados. La Fiscalía habla de una asociación ilícita horizontal y no existe”, explica a Rosarioplus.com Jorge Bedouret, quien defiende a Maximiliano De Gaetano.

“La Fiscalía sostiene una asociación ilícita en pequeñas células pero no pudo establecer los vínculos ni la forma ni el modo de la supuesta asociación. Aparte esta figura es de dudosa constitucionalidad y segundo los fallos siempre han sido discutidos por esa supuesta voluntad conjunta”, completa Marcelo Piercecchi, defensor del escribano Eduardo Torres.

Las defensas apuestan a que la figura de asociación ilícita se caiga y quede reformulado el escenario con imputaciones por delitos de estafa, defraudación, falsificación de documentos públicos.   

Pruebas

Las escuchas telefónicas son pruebas que se posicionan como es la base de sustentación de parte de la acusación para asegurar la existencia de una asociación ilícita. Sin embargo, Carlos Varela, abogado del contador Marcelo Jaef y de Leandro Pérez, insiste en que no prueban nada y que nunca hubo intención de estar agrupados.

“No hay convergencia subjetiva porque las llamadas telefónicas no dicen nada de nada. Si son sólo esas que aportaron en la acusación es un disparate calificar como asociación ilícita. Hay un año de escuchas y no surge nada”, sostiene Varela a Rosarioplus.com.

Desde la Justicia provincial entienden que no es momento de discutir la calificación y que la versión de que no hay pruebas suficientes para la figura de asociación ilícita responde a una estrategia de los defensores de embarrar de alguna manera el escenario. Es decir, trasladan los standares propios del juicio oral al momento de la imputación.

Por eso hacen hincapié en que el valor de la prueba en el sistema penal santafesino recién se discute en el juicio oral, que es justamente para ello. En esa instancia la Fiscalía presenta todas sus pruebas y el tribunal resuelve si logró probar la asociación ilícita o no.