¿Qué transacciones controla AFIP y cómo operar para evitar sanciones?
Durante el fin de semana circuló la información de una nueva normativa de AFIP por la cual se controlarían las pequeñas transferencias de dinero entre cuentas. Sin embargo, no quedaba claro quienes se verían afectado ni a partir de qué monto se deberían informar los movimientos con los comprobantes y facturas que justifiquen los mismos. En diálogo con Sí 98.9 la contadora Agostina Simoncini, explicó de qué hay que cuidarse para no sufrir sanciones.
“Desde el 2019 las billeteras virtuales están obligadas a informar a la AFIP los movimientos a partir de un determinado monto. Lo que pasó es que esas sumas, en un contexto inflacionario quedaron muy desactualizadas. Desde abril de 2023 se mantienen las mismas sumas”, explicó la contadora en el programa de la primera mañana Good Morning Casta.
“Los bancos están obligados a informar movimientos y saldos a partir de 200 mil pesos mensuales, a partir de 120 mil pesos por consumo de tarjeta de débito -que hoy representa una compra en el supermercado- y también plazos fijos mayores a 200 mil pesos”, detalló Simoncini.
En cuanto a las modificaciones de acuerdo a lo que venía sucediendo el principal cambio refiere a las billeteras virtuales. “En este caso las billeteras virtuales deben informar a partir de los 120 mil pesos mensuales. En este caso no es una transacción mayor a 120 mil, sino el acumulado de todas las acreditaciones al superar ese monto, será informado a la AFIP. Lo mismo con los egresos”, explicó.
“Esto no significa que cuando yo vaya a hacer una transferencia y esté por superar ese monto me va a saltar un alerta que dice que debo justificarlo o presentar el comprobante, sino que la transacción se realiza y luego la billetera por la que yo hago el movimiento informa a AFIP y es esta quien determina si mis movimientos responden o no a una actividad sospechosa”, explicó.
En cuanto a qué catalogaría como actividad sospechosa la especialista explicó que “si alguien recibe todos los días transferencias, no tiene declarada ninguna actividad y supera los montos permitidos, al ser informado esto ante AFIP puede que reciba sanciones que tienen que ver con el embargo de los fondos que tenga en la cuenta hasta tanto presente la documentación respaldatoria de estos movimientos”.