ARCA exigirá más datos a bancos sobre compras de argentinos en el exterior
Arca exigirá más información a los bancos sobre compras de argentinos en el exterior
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzará a solicitar, a partir de julio de 2025, más detalles a los bancos sobre las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito por los argentinos en el exterior.
Esta medida se implementa mediante una modificación en el régimen de información de la actividad financiera, específicamente en el apartado “detalles de la información a suministrar” por las entidades administradoras de tarjetas, a través de la Resolución General 5662/2025, que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Desde su aplicación, que será efectiva en los vencimientos a partir del 1 de julio de este año, las entidades emisoras de tarjetas deberán proporcionar información adicional para asegurar una fiscalización y control adecuado por parte del organismo.
Entre los nuevos requisitos, se exige que se informe la marca de la tarjeta, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora, así como los detalles de la moneda utilizada y el número del comercio donde se realizó la transacción.
Con estos cambios, las entidades bancarias deberán detallar la siguiente información sobre las compras realizadas en el exterior con tarjetas emitidas en el país:
Número y marca de la tarjeta de crédito, de compra y/o de débito.
CUIT de la entidad emisora.
Fecha de la operación.
Identificación del país y de la moneda utilizada.
Monto de la operación, tanto en moneda extranjera como en pesos.
Nombre del comercio, junto con su código de rubro y número de identificación.
Además, el organismo indicó que también se requerirá la misma información para los consumos efectuados por titulares adicionales y beneficiarios de tarjetas extendidas en el país.
En este contexto, ARCA especificó que los códigos de rubro que se deben informar son los establecidos en el Merchant Category Code (MCC) utilizado por las entidades administradoras de tarjetas de crédito, de acuerdo con los estándares de la Organización Internacional de Normalización (ISO), los códigos de Clasificación Industrial Estándar (SIC) y sus posibles reemplazos futuros.
La normativa también destaca que estas modificaciones son necesarias debido a la experiencia obtenida durante la implementación del régimen y con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los responsables, así como proporcionar al organismo la información relevante para llevar a cabo su función de control.