Extienden el plazo para presentar declaraciones juradas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este lunes la decisión de prorrogar por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes personales y, de corresponder su pago, para el período fiscal 2015.
La medida fue dispuesta a través de la resolución general 3860, publicada en el Boletín Oficial. El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.
Según terminación de CUIT, los nuevos plazos para la presentación y pago son los siguientes: 0, 1 y 2, hasta el 21 y hasta el 22, respectivamente; 3, 4 y 5, hasta el 22 y el 25, respectivamente; y 6, 7, 8 y 9, hasta el 25 y el 26, respectivamente.
Deben hacerlo quienes se encuentren inscriptos en los respectivos impuestos, aclaró el organismo.
En el caso del Impuesto a las Ganancias, además deberán hacerlo los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).
Y en el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales, aquellos que al 31 de diciembre del año anterior poseían bienes que -valuados según la normativa vigente- superen los $305.000.
La medida se adoptó "en virtud del objetivo permanente de este organismo de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento —en tiempo y forma— de sus obligaciones fiscales", señala la norma en sus considerandos.
(Fuente: Boletín oficial)