La Cámara Nacional en lo Comercial rechazó la pretensión de un banco de incluir intereses moratorios en un juicio por una deuda porque la entidad financiera no impulsó el proceso durante más de una década, según surge de un fallo de este tribunal conocido este martes.

El banco “no puede pretender beneficiarse con la percepción de los intereses producto de su propia inactividad”, sostuvo la Sala C del tribunal al confirmar el fallo dictado en primera instancia por el juez Federico Güerri. Esta limitación al reclamo que realiza el acreedor consta en la causa identificada en el expediente COM 003325/1993 que tramitó en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en la que participa el Juzgado Comercial 17, Secretaría N° 33, bajo la carátula Banco del Buen Ayre S.A. c/Giussani Carlos Horacio y otros s/Ejecutivo.

La causa fue iniciada en 1993 por el Banco del Buen Ayre S.A., pero esta entidad fue adquirida en mayo de 1998 por el Banco Itaú a los entonces accionistas, el grupo Garfunkel, con una inversión de u$s 225 millones, según registran crónicas periodísticas de esa época. 

En este pronunciamiento la Cámara Nacional en lo Comercial confirmó que durante más de 10 años “las actuaciones no han sido objeto de ningún impulso procesal”. Los camaristas Juan Garibotto, Julia Villanueva y Eduardo Machín evaluaron que el 10 de marzo de 1995 se dispuso el archivo de las actuaciones, pero la causa se volvió a tramitar 10 años después, en julio de 2005. Durante esos 10 años no hubo acciones de los acreedores, que al pretender ejecutar su acreencia computaron intereses referidos a esa década en la que no impulsaron la continuidad de la causa.

“Tal circunstancia evidencia la falta de un obrar diligente por parte de la entidad en el cobro de su acreencia, la que no puede pretender beneficiarse con la percepción de intereses producto de su propia inactividad”, agregaron los camaristas.

El tribunal recordó que los jueces tienen la facultad de “morigerar intereses abusivos con el objeto de evitar la usura y situaciones de abuso, contrarias a la moral y buenas costumbres”.

Con ese y otros argumentos, la Cámara consideró “ajustado a derecho” suspender el cómputo de los intereses correspondientes al período en que no hubo actividad en la causa. Durante el trámite de la causa, los abogados del banco habían logrado que se autorizaran embargos de haberes e inhibición general de bienes de los demandados.

(Télam)