A un paso de la sanción, el Senado debate la ley de alquileres
La Cámara de Senadores de la Nación se prepara para debatir un nuevo proyecto de Ley de Alquileres cuyos puntos principales son la extensión de la duración del plazo de locación de dos a tres años y la conformación de un mecanismo de actualización anual de los montos, en base a una combinación entre el índice de inflación y el de los salarios.
La iniciativa será discutida este jueves desde las 14 en una sesión especial por videoconferencia, luego de haber obtenido el martes dictamen unánime de la Comisión de Legislación General del Senado.
Pese a no tener los siete días desde su publicación para ser llevada al recinto, tanto el oficialismo como la oposición están de acuerdo en avanzar con su tratamiento.
En el marco de la crisis generada por el coronavirus y las medidas dispuestas para mitigar la propagación del virus, el Poder Ejecutivo Nacional firmó el 29 de marzo, diez días después de disponer el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), un Decreto de Necesidad y Urgencia, que fue ratificado por el Senado de la Nación, para impedir los desalojos mientras dure la pandemia.
El proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años, un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.
En ese sentido, se establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el mencionado RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
Por otro lado, el proyecto dispone que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.
También se fija que las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el dueño de la propiedad.
En cuanto al depósito, el dictamen fija que no se podrá pedir "el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes" y determina que el depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.
Otro aspecto clave del dictamen es que se deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo, que a la vez deberá dar facilidades para poder cumplir con esta medida.