El Gobierno nacional reglamentó, este martes, la Ley de Boleta Única de Papel sancionada en octubre pasado por el Congreso. De esta forma, la nueva herramienta se comenzará a utilizar, a nivel nacional, a partir de las elecciones Legislativas del próximo año.

La medida fue oficializada a través del Decreto 1049/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y de su Jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

Según la Ley 19.945, todos los candidatos, independientemente de la fuerza política a la que pertenezcan, estarán juntos en la misma boleta, como se puede observar en el sistema que utiliza Santa Fe desde hace varios años.

La Boleta Única de Papel deberá contar en su frente con una impresión a cuatro tintas, mientras que el dorso estará destinado a incluir la firma del presidente de mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección, así como cualquier imagen o leyenda autorizada por la Justicia Federal con competencia electoral. En el dorso, la composición no podrá exceder las dos tintas.

Además, se define un espacio en el margen izquierdo, junto al talón troquelado, para la individualización del distrito, circuito y sección electoral, cuando corresponda. Asimismo, se dispuso un margen de seguridad en los bordes superior, inferior y derecho de al menos 0,5 centímetros, destinado a facilitar el refilado. Por último, la boleta no podrá contener datos que permitan identificarla individualmente, garantizando así la privacidad del voto.

Al momento de emitir su voto, cada elector recibirá una única boleta en la que aparecerán todos los candidatos organizados según las categorías de cargos electivos. En el cuarto oscuro los votantes deberán marcar con una cruz a los postulantes de su elección, incluso si pertenecen a diferentes agrupaciones políticas. Según la normativa, esta medida busca garantizar mayor transparencia y equidad en el proceso electoral.