La Corte Suprema hizo otra contribución a la persecución de Milagro Sala
El tribunal superior ratificó el fallo de la Justicia jujeña que condenó a la líder social a 13 años de cárcel. Los jueces de la Corte coincidieron en la resolución que va en la misma sintonía al dictamen del procurador interino Eduardo Casal.
La Corte Suprema confirmó una condena contra la líder social Milagro Sala a 13 años de prisión, que había sido dictada por la justicia provincial de Jujuy en 2019 en una causa conocida como “Pibes Villeros”. En ese juicio se la acusó de liderar una asociación ilícita y de defraudar al Estado con la construcción de viviendas.
El fallo del máximo tribunal lleva las firmas de sus cuatro integrantes, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los cortesanos se pronunciaron en sintonía al procurador Eduardo Casal, que meses atrás había pedido desestimar los planteos de la defensa de la dirigente de la Tupac Amaru.
“Se advierte que la defensa no se hizo cargo de controvertir los argumentos esgrimidos por los tribunales locales para desestimar los agravios de la parte referidos a la presunta vulneración al derecho de defensa en juicio, derivados del rechazo de parte de la prueba ofrecida, la indeterminación de la imputación en su contra y la infracción del principio de congruencia, falencia que obsta de modo decisivo a la procedencia de su impugnación en orden a dichas cuestiones”, escribieron los cuatro integrantes de la Corte Suprema.
La defensa de Milagro Sala denunció que el proceso en su contra estuvo plagado de irregularidades y de violaciones a sus derechos constitucionales. Entre otros puntos señaló:
- El tribunal no permitió testigos que explicaran cómo funcionaba la Tupac y que desarmaran la idea del rol preponderante de Sala en la supuesta asociación ilícita;
- El tribunal rechazó un peritaje con ingenieros para ver qué obras se habían completado y cuáles no, lo que es la base de la acusación;
- A Milagro Sala la expulsaron durante 60 días de la sala de audiencias. No pudo controlar cuatro testimonios claves en los que se sustentó su acusación;
- No se aseguró el libre ingreso al juicio oral y público. Sólo se permitió el ingreso de 16 personas por audiencia;
- Los periodistas que ingresaron debieron firmar un convenio de confidencialidad para no difundir lo que sucedía. Ni notas podían tomar.