Milei modifica la ley de manejo de fuego que resguarda a los humedales
La normativa penaliza los incendios intencionales que azotaron los humedales en Rosario.
“14. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego”. Así de rápido leyó el presidente Javier Milei una de las medidas del decretazo que dejó patas para arriba las atribuciones del Congreso. Sin embargo es un punto inquietante sobre todo para Rosario y alrededores donde los humedales quedaron acorralados por el fuego intencionalmente durante un par de años desde la pandemia.
Se trata de la ley que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos de entre 30 y 60 años para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.
La norma fue promulgada en 2020. En ella se especifica que "en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por el término de sesenta (60) años desde su extinción" determinadas acciones.
Entre esas acciones que se prohíben se encuentran: "Realizar modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio", así como "la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria; el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares".
Tampoco se podrá proceder a "la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales"; ni realizar "cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio".