Jueza ordenó levantar restricciones para ingresar ropa y comida en las cárceles
La medida dispuesta por la Dirección de Asuntos Penitenciarios para restringir el ingreso de paquetes y efectos, generalmente comida y ropa, en las cárceles santafesinas fue suspendida por la jueza penal de 1ª Instancia de Rosario, Eleonora Verón.
La magistrada resolvió hacer lugar al hábeas corpus preventivo, correctivo y colectivo, interpuesto por el Servicio Público Provincial de Defensa Penal, en favor de todas las personas alojadas en las cárceles de la Zona Sur de la Provincia de Santa Fe (Unidades Penitenciarias Nº 3, 5, 6, 11 y 16).
La restricción había sido impuesta por el gobierno luego de allanamientos policiales en la Unidad Penal nº 11, de Piñero, donde se encontraron numerosos teléfonos celulares en poder de detenidos.
"Tanto la acción interpuesta como la resolución judicial no cuestionan la necesidad de contar con medidas de seguridad en los establecimientos penitenciarios, pero sí refieren a que las disposiciones administrativas no pueden menoscabar derechos constitucionales y ocasionar un agravamiento en las condiciones de detención de los internos", indicaron desde el SPPDP.
Según explicó la entidad, el derecho a recibir alimentos por parte de familiares, está previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal y conforme a las exigencias de las "Reglas Mandela" para el Tratamiento de Reclusos.
Por su parte, la jueza recalcó que la suspensión de la medida no implica un gravamen para el Servicio Penitenciario dado que no impide el control de los alimentos brindados por las visitas. Además, pidió que profundicen los esfuerzos para implementar medidas de seguridad que contrarresten cualquier tipo de ingreso prohibido, adecuándose a los estándares legales y convencionales a los que está sometido como parte del Estado de Derecho.
De esta manera, Eleonora Verón resolvió hacer lugar al habeas corpus preventivo, correctivo y colectivo interpuesto por el SPPDP y suspender los efectos de la resolución 533/18 del Servicio Penitenciario por entender que su plena vigencia configura un supuesto de agravamiento de las condiciones de detención.