Pedirán perpetua a un hombre por apuñalar e incendiar a su ex mujer
Este miércoles comienza el juicio oral y público contra un hombre procesado por haber matado de 25 puñaladas a su ex pareja, luego de prenderla fuego, en su vivienda ubicada en San Lorenzo. El episodio ocurrió en 2013.
La víctima fue Romina Saavedra y el acusado es su ex pareja Miguel Pastorutti, quien debe responder por los cargos de femicidio y amenazas coactivas. La fiscal a cargo de la causa, Cristina Herrera, pedirá la pena máxima de prisión perpetua, mientras que su defensora buscará que sea considerado inimputable y aducirá que padecería trastornos psiquiátricos.
Desde las 9 de este miércoles, en la sala 2 de los Tribunales provinciales de Rosario, los jueces Ismael Manfrín, Julio Kesuani y Edgardo Fertitta escucharán las teorías de fiscalía y defensa, representadas por la fiscal Cristina Herrera y la defensora Pública Liliana Álvarez, respectivamente.
La mañana del 9 de diciembre de 2013, Romina Saavedra salió de la vivienda de su padre, donde residía, para tramitar los documentos de sus hijos. En el camino fue interceptada por su ex pareja, quien está acusado de haberla agarrado de los pelos y haberla arrastrado hasta su vivienda, donde luego de trabar las puertas habría prendido el gas.
Desde afuera vecinos escucharon los gritos de Romina: “No Miguel, basta Miguel”. Luego de que se produjera una explosión en su interior, los vecinos ingresaron en la casa, donde encontraron a la mujer con la parte superior de su cuerpo quemada. La agarraron de los pies para intentar rescatarla pero Pastorutti se abalanzó sobre ella y le asestó 25 puñaladas, lo que le provocó la muerte.
Unos días antes Romina había tomado la decisión de terminar la relación que mantenía con su entonces pareja, casi treinta años mayor que ella (32 y 60 al momento del hecho), a quien ya había denunciado por violento en dos ocasiones. Fue cuando logró conseguir la asignación universal por dos de sus hijos que se animó a dejar la casa que compartían para irse a vivir con su padre.