Ratifican la prisión perpetua de Alvarado y reducen penas a los lavadores de la banda
El capo seguirá cumpliendo una condena a prisión perpetua por liderar una asociación ilícita, tal como había determinado en junio del año pasado un Tribunal de primera instancia de la justicia provincial.
La pena a prisión perpetua que cumple Esteban Alvarado fue ratificada este miércoles por la justicia santafesina, tal como se determinó el año pasado en un Tribunal de primera instancia. La decisión fue tomada por la Cámara de Apelación Penal de Rosario a cargo de los magistrados Carolina Hernández, Alfredo Ivaldi Artacho y Guillermo Llaudet, que además decidieron bajar las penas vinculadas por lavado dinero a algunos integrantes de la organización criminal.
Alvarado, que según los fiscales fue el encargado del plan para asesinar al prestamista Lucio Maldonado en 2018 y al joven Cristian Enrique, no pudo superar esta instancia judicial favorablemente y el fallo fue validado por la Cámara que utilizó como evidencia el testimonio de Carlos Argüelles en el juicio oral y la prueba del teléfono del propio condenado.
Argüelles fue ladero de Alvarado desde viejos tiempos y era su mecánico de confianza. En su declaración grabada en video dio detalles de cómo funcionaba la organización criminal y puso a disposición un cuaderno con anotaciones, entre ellas las víctimas que se iba cobrando la banda. Su participación sirvió como prueba fundamental durante el juicio, el mecánico fue asesinado ocho meses antes de poder declarar en el estrado.
La actividad económica de la organización que presidía Alvarado también fue analizada por el Tribunal. Por un lado, se rechazó “el planteo de incompetencia parcial que había hecho la defensa y no se hizo lugar “a la invalidación parcial del fallo condenatorio por tales delitos”, planteó la sentencia.
En ese mismo documento los magistrados Hernández, Ivaldi Artacho y Llaudet decidieron bajar las penas para los encargados de la “pata económica” de la organización citando “el encuadre legal del delito de lavado de activos agravado, fijándolo como lavado de activos simple (art. 303 inc. 1° del CP)”. La decisión fue fijar la pena de multa en 158 millones de pesos, reduciéndola considerablemente ya que en la sentencia de junio del año pasado del Tribunal de primera instancia, había sido de 316 millones de pesos.
Asimismo, la Cámara de Apelaciones decidió absolver a Damiana Ghirardi y achicar la condena para su pareja, Miguel Greci Hazzi. En la investigación del MPA, ambos aparecían vinculados a operaciones de lavado de dinero para la organización de Alvarado. Para los jueces del Tribunal que revisaron el fallo de primera instancia, ella queda absuelta y a él se le reduce la pena al fijar el encuadre legal como lavado de activos simple y no agravado.