El Vaticano prohibió arrojar o conservar las cenizas de los difuntos
El Vaticano prohibió la "dispersión en el aire, en la tierra o en el agua" y la "conservación en el hogar" de las cenizas de los cuerpos cremados, al tiempo que ratificó su preferencia por la "sepultura" porque demuestra "un mayor aprecio por los difuntos".
Además, a través de una resolución de ocho puntos dada a conocer este martes, se negarán las exequias a quien pida que sus cenizas sean esparcidas en la naturaleza tras la cremación. De cualquier modo, quien plantea esta prohibición no es ninguna autoridad estatal, sino la Iglesia Católica y, en todo caso, alcanzaría sólo a sus adeptos.
"Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no será permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma", anunció la Santa Sede a través de una Instrucción de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre "la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación".
La norma rechaza además "la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación".
De esta forma, quedan absolutamente invalidados los pedidos para que las cenizas sean arrojadas a ríos, mares o estadios de fútbol, así como guardarlas en las tradicionales urnas hogareñas.
En un texto que ratifica la preferencia de la "sepultura de los cuerpos porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos", el Vaticano dispuso también que, "en caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias".
La nueva norma, que fue aprobada por el Santo Padre en una audiencia de marzo pasado, sólo admite la "conservación de las cenizas en un lugar sagrado", porque "puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana".
Por esas razones, la instrucción divulgada este martes ratifica que "no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar".
A la hora de marcar la preferencia por la sepultura "en los cementerios u otros lugares sagrados", la nueva instrucción recuerda también que esa práctica "favorece el recuerdo y la oración por los difuntos por parte de los familiares y de toda a comunidad cristiana, y la veneración de los mártires y santos".
Hasta este martes, las cremaciones estaban reguladas a través del punto 3 del canon 1176 del Código de Derecho Canónico, que no niega la cremación "a menos que esta no haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana", pero a pesar de la que la práctica "se extendió notablemente", según el cardenal alemán.
(Télam)