La Provincia suspendió las obras de cuatro desarrollos inmobiliarios del departamento Rosario que no acreditaban la documentación obligatoria que se necesita para este tipo de emprendimientos. En este marco, el gobierno advierte a la población la conveniencia de tomar precauciones a la hora de comprar lotes para evitar ser estafados.

A raíz de una serie de inspecciones, se constató que cuatro proyectos iniciaron las obras sin contar con las habilitaciones correspondientes. Los loteos suspendidos son Las Tipas 2 (Álvarez), El Naranjo (Ibarlucea), Orígenes (Soldini) y Comunidad Ejecutiva (Pueblo Esther). El primero pertenece a la desarrolladora Loteos Las Tipas, los tres restantes a Grupo Roma.

En todos los casos se resolvió la suspensión total de obras y se informó a los desarrolladores que, para poder continuar con las mismas, deberán dar cumplimiento inmediato a las normativas vigentes. Asimismo, también se les advirtió que el incumplimiento de lo dispuesto dará lugar al agravamiento de las sanciones aplicables. 

“Por alguna razón, estas urbanizaciones no tienen aprobado su Estudio de Impacto Ambiental, que es el requisito no solo para construir sino para vender. Este estudio garantiza que el loteo no se va a inundar y que tiene las factibilidades de los servicios que se necesitan, sobre todo energía y agua. Lo que ocurre es que muchos desarrollos se comercializan igual”, explicó en Sí 989 Gustavo Leone, a cargo de la Secretaria de Servicios Públicos y Medio Ambiente.

Y sumó: “A tres de los cuatro loteos les falta certificado hídrico, que es el primer paso. Están abriendo calles, poniendo luces e infraestructura pero no tienen aprobado lo mas básico. No podemos acreditar que se estén vendiendo lotes pero es posible que esté ocurriendo. Por eso queremos alertar a la población de que no compren si el desarrollador no tiene el estudio de impacto ambiental aprobado”.

En este marco, y con el fin de prevenir fraudes que afecten a la ciudadanía, sugieren exigir la documentación e información pertinente antes de suscribir cualquier contrato relacionado con loteos u otros proyectos urbanísticos.

Información práctica

En el caso particular de los desarrollos inmobiliarios, la normativa vigente determina que aquellos que no cuenten con la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental por parte del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, no pueden comenzar las obras proyectadas.

Y para poder comenzar este estudio, previamente deberán tener la aprobación del gobierno local, el certificado de no inundabilidad del Ministerio de Obras Públicas (leyes 11.730 y 13.246), y las factibilidades de servicios de aguas y energía, entre otros.

También está prohibida la publicidad engañosa: a través del decreto 4109/16, se dispone que toda publicidad referida a la venta de lotes en cualquiera de sus modalidades -existentes o a futuro-, en cualquier figura jurídica, no debe generar dudas sobre el objeto de venta. 

En caso de publicitar sin garantizar una adecuada y veraz información, se considerará violatorio de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor y motivará la aplicación de las sanciones previstas en dicha normativa.