Condenan a 17 años de prisión a un hombre que abusó de su hija y otra niña
El MPA afirmó que los hechos ilícitos fueron cometidos a partir de 2019 y hasta septiembre de 2021.
Un hombre de 37 años fue condenado a la pena de 17 años de cárcel tras ser hallado culpable del abuso sexual de su hija y de la hija de su expareja, en un juicio realizado en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, informaron este domingo voceros judiciales.
La condena recayó sobre un hombre identificado con las iniciales A.A.A. y fue impuesta por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Sebastián Szeifert, Lisandro Aguirre y Sergio Carraro.
El Ministerio Público de la Acusación (MPA) indicó durante el debate que el hombre comenzó a vulnerar a una de las víctimas cuando iba al jardín de infantes, en tanto la otra niña cursaba la escuela primaria.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas), que tras conocerse el fallo, se manifestó conforme con la pena.
El MPA afirmó que los abusos fueron cometidos a partir de 2019 y hasta septiembre de 2021, momento en el que una de las víctimas iba al jardín de infantes, y la otra transitaba su escolaridad primaria.
El hombre llevó a cabo su accionar delictivo en el marco de la convivencia que mantuvo con las dos niñas en una casa de la ciudad de Santa Fe, donde las atacó en un contexto de violencia doméstica que ejercía en contra de todos los integrantes de su grupo familiar.
La investigación comenzó con una denuncia de la tía de una de las víctimas, que además grabó el relato con su teléfono celular, y al ser entrevistadas en Cámara Gesell, tanto la hija del condenado como la otra niña narraron de manera contundente los abusos que sufrieron.
El hombre fue condenado como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante calificado, por la guarda y por la convivencia en el caso de las dos niñas, y por el vínculo en relación a su hija.
También se le impuso la pena por promoción a la corrupción de menores agravada por la edad y por la convivencia en relación a las dos víctimas, por el vínculo en el caso de su hija, y por la guarda en relación a la otra niña