La Corte mexicana dijo que es inconstitucional criminalizar el aborto
El máximo tribunal determinó por unanimidad invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que estable una sanción de uno a tres años de cárcel para la mujer que voluntariamente practique su aborto.
La Suprema Corte de la Justicia de México declaró este martes que es inconstitucional castigar el aborto en una votación unánime que abre la puerta a que mujeres y personas gestantes de todo el país puedan acceder a este procedimiento.
"Con este criterio unánime a partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la corte y la constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal", dijo el presidente de la corte, Arturo Zaldívar, informó la agencia AFP.
El proyecto fue presentado por el ministro Luis María Aguilar y consta en despenalizar los artículos que criminalizan el aborto en cualquier etapa del embarazo, ya que “la maternidad es una elección y no debe ser un destino. No se trata de un derecho al aborto, sino del derecho a decidir de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar de decidir sobre su cuerpo y su vida a ser o no ser madre sin penalizarla”.
El enfoque de inconstitucionalidad de la ley es visto desde la perspectiva de la libertad sexual y reproductiva. “La acción de inconstitucionalidad obligaría al Congreso de Coahuila a que reforme su código penal”, explica la directora de GIRE, Rebeca Ramos.