Desde ahora sancionarán a las empresas que demoren en atender al público
Esperar eternamente ser atendido en un banco u otra empresa es casi un castigo. Ahora, aquellas entidades o firmas deberán cuidarse en este sentido. Es que el gobierno provincial promulgó una ley que considera como "práctica abusiva" y “contraria al trato digno" la espera por un lapso mayor a treinta minutos para la atención al público, así como también la espera a la intemperie “en condiciones que obliguen a soportar las inclemencias climáticas”.
En diálogo con Ariel Bulsicco en Sí 989, el diputado provincial Luis Rubeo (uno de los impulsores de la normativa) advirtió que “a partir de que la gente se empodere y conozca la ley, va a llevar adelante las denuncias”, al tiempo que señaló la necesidad de que el Estado instrumente “una política de fiscalización permanente”.
La medida fue publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial e incluye entidades bancarias, empresas prestadoras de servicios públicos, compañías de telefonía móvil, medicina prepaga, servicios de televisión por cable y/o internet (entre otros) “que cuenten con lugares habilitados para cobros, pagos y/o trámites”.
Asimismo, se establece que cada entidad (que tendrá un plazo de seis meses para adaptar sus instalaciones) deberá poner a disposición de los usuarios o consumidores un sistema de registro de horario de llegada y de salida así como del trámite a realizarse, además de emplazar un Libro de Quejas en algún lugar visible.
En tanto, aquellas entidades que cometan infracciones serán pasibles de sanciones que irán desde multas económicas (las cuales oscilarán entre los 500 y 500 mil pesos), pérdida de concesiones y privilegios, hasta la clausura del establecimiento.