El caso Perassi, a la Corte Suprema Provincial
La Cámara de Apelaciones en lo Penal declaró admisible un recurso extraordinario para que intervenga la Corte Suprema provincial en el fallo del juez Adolfo Prunotto Laborde por el cual había dispuesto la excarcelación de los cinco policías y tres civiles involucrados en la desaparición de Paula Perassi, ocurrida en setiembre de 2012, entre San Lorenzo y Timbúes. El juez de segunda instancia, Carlos Carbone, consideró que la resolución de Prunotto no tiene fundamentos y, además, es inconstitucional.
El dictamen de alzada sobrevino a partir de la apelación interpuesta por los abogados de la familia Perassi, Adrián Ruiz y José Ferrara, contra la liberación de los imputados dispuesta en agosto pasado por el juez Prunotto, actualmente sancionado por la Corte Suprema con dos días de suspensión, a pedido del procurador general Jorge Barraguirre.
“Vamos a pedir a la fiscalía la detención de todos”, anticipó el abogado Ruiz y reparó en que esta situación configura un leading case, es decir, un caso sin precedentes.
Carbone cuestionó el trabajo de su colega: “Deja de analizar inexplicablemente el segundo día de audiencia ( 12-08-15), justamente día en que fueron expuestos los argumentos de la fiscalía de alzada y querella, donde se explicó porque eran peligrosos procesalmente los ocho procesados y como puede observarse a simple vista, nada de esto fue analizado en la resolución recurrida”.
En otro pasaje, Carbone duda de la racionalidad de Prunotto: “Sólo expresa lo manifestado por la defensa, violando las reglas de la sana crítica racional que son las que rigen la rectitud de cualquier razonamiento humano, las de la lógica, psicología, ciencias y experiencia común”,
Más adelante, el fallo del camarista fustiga con suma severidad lo actuado por su colega: “Tolerar una resolución como la que se rechaza, pone a esta causa en un seguro camino a la impunidad, sobre todo cuando no se ha oído para nada las expresiones de una parte y se ha dejado a la comunidad sin la valoración del acusador público”.