Frente Progresista: "Perotti pidió 31 mil millones; le damos 37 mil millones"
Desde el Frente Progresista defendieron el proyecto de ley de Necesidad Pública que impuso este miércoles en la sesión de Diputados, y que significó su regreso al Senado en revisión. "Se aprobó un proyecto por el cual habilita al Ejecutivo a tomar deuda por 31.366 mil millones de pesos para atender distintas necesidades, y por otros 6.000 millones para afrontar específicamente la situación generada por el coronavirus", expresaron desde el espacio que lidera el socialista Miguel Lifscthiz, presidente de la Cámara de Diputados.
Destaca el mensaje opositor que la norma faculta al gobierno de Omar Perotti hasta el 31 de diciembre a tomar deuda por 37.366 millones de pesos en total. Antes, el diputado peronista Leandro Busatto había fustigado la posición frentista y acusó al bloque socialista, y a Lifschitz en particular, de "hacer funcionar a la Cámara como un tabique político que le impide gobernar a Perotti".
"A Busatto le hace falta un poco de Alberto Fernández por la forma en la que trata a la oposición", refractó el socialista Joaquín Blanco. "El gobernador pidió originalmente 31 mil millones de pesos, y lo aprobado según nuestro proyecto le habilita 37 mil millones de pesos. Lo único diferente es el criterio de reparto de esos recursos. También el oficialismo debe respetar el peso institucional de la oposición", replicó el socialista.
El diputado Pablo Farías, presidente del interbloque del FPCyS, aseguró que la iniciativa aprobada “dota inmediatamente al Ejecutivo de las herramientas necesarias para atender las emergencias que ya estaban planteadas y también la que se presenta ahora con la irrupción del coronavirus. Aprobamos la toma de deuda por un total de 37.366 millones de pesos, incluidos los 6.000 exclusivos para atender la pandemia”.
Lifschitz y otros legisladores del FPCyS habían estado el martes en una reunión convocada por Perotti para informarlos sobre la situación provincial en el marco de la pandemia.
Y sobre el mensaje de Perotti enviado a Legislatura, Farías observó: “Esperábamos un mensaje específico del gobernador para autorizar este último endeudamiento pero no llegó y por eso lo incluimos en el dictamen que se acaba de votar. La iniciativa que aprobamos se basa en el proyecto aprobado por el Senado, incorporando recomendaciones del ministro de Economía, Walter Agosto”.
Al no llegar el mensaje del gobernador, se inició la sesión convocada para la fecha y luego de un cuarto intermedio, el cuerpo votó la propuesta que aprueba el endeudamiento por 31.366 millones de pesos más otros 6.000 para la emergencia generada por el coronavirus.
Otros puntos del proyecto
En la oposición destacan otras ventajas del proyecto aprobado ayer y que hoy revisará el Senado. Según destacan, dispone ad-referéndum de las Cámaras Legislativas, franquicias adicionales “a los efectos de garantizar progresivamente la absoluta gratuidad del boleto educativo en todos los niveles y modalidades”.
Asimismo, lo autoriza a otorgar -durante la vigencia de la declaración dispuesta por la iniciativa- “asignaciones remunerativas a determinados sectores de agentes estatales cuyos cargos o funciones se consideren críticos. Idéntica facultad tendrán los municipios y comunas, respecto del personal de su dependencia”.
También en relación a los municipios y comunas, podrán afectar al financiamiento de gastos corrientes “en el curso del segundo semestre, hasta el 50% de los montos que le correspondan en el ejercicio 2020” del Fondo de Obras Menores, “y durante el primer semestre, hasta el 50% de los montos correspondientes al ejercicio 2019 y hasta el 50% del saldo pendiente de aprobación correspondiente al ejercicio 2018 del mismo Fondo”.
A tal fin, los montos referidos “deberán ser transferidos a los municipios y comunas dentro del año 2020. Los saldos correspondientes a los años 2018 y 2019 serán transferidos a los municipios y comunas dentro del primer semestre del presente año 2020”.
En cuanto a los contratos, faculta al Ejecutivo a la renegociación en la búsqueda de “un acuerdo de partes que se sostenga en el equilibrio contractual”. En caso de no lograrse ese objetivo, el gobierno podrá “reprogramar los plazos de esas contrataciones, garantizando en todos los casos la íntegra ejecución de las obras y/o trabajos comprendidos en las mismas”.
El Ejecutivo también podrá, por un plazo de 90 días corridos a partir de la entrada en vigencia del proyecto, prorrogable por otro plazo igual y por única vez, “suspender, por acto expreso debidamente fundado, las licitaciones y concursos en trámite para la concertación de contratos comprendidos por su objeto en los alcances de las Leyes N° 12.510, 5.188 o regímenes particulares de contratación”.