Juego ilegal: Banco Central ordenó bloquear sitios de apuestas que Santa Fe denunció
La entidad impuso a los bancos y billeteras virtuales de todo el país que impidan las operaciones financieras de las páginas web de apuestas ilegales que Lotería de Santa Fe y Fiscalía denunciaron desde mayo. Son en total 385 sitios de apuestas.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ordenó a los bancos que regula, como así también a las plataformas de billeteras virtuales que impidan la operatoria de los 385 sitios webs de apuestas ilegales que el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe denunció en las últimas semanas.
La medida del BCRA emergió a partir del pedido formal de los fiscales del caso, Agustín Nigro y Yanina Tolosa, informaron fuentes del MPA Santa Fe. Asimismo, los fiscales solicitaron al Ente Nacional de Comunicaciones el bloqueo e impedimento de acceso a todos los dominios y páginas de internet –y a sus direcciones IP asociadas– que no sean “.bet.ar”.
Es la primera vez que se plantea una sanción coordinada entre distintos institutos estatales contra este fenómeno en auge de las apuestas online que, además de no tributar al fisco (lo que molesta primero al Estado), captan peligrosamente apuestas de menores de edad.
El legajo penal fue iniciado a partir de una denuncia de la Lotería de Santa Fe presentada a fines de mayo en el MPA, en la que se afirma que “un número indeterminado de habitantes de la provincia de Santa Fe, entre ellos menores de edad” acceden a esos 385 sitios web.
La solicitud formulada por los funcionarios del MPA fue remitida a través de un oficio fechado el 27 de junio pasado. Los fiscales solicitaron al BCRA que “notifique a la totalidad de las entidades financieras y proveedores de servicios de pago supervisados por esa autoridad de aplicación que deberán impedir que las herramientas digitales de su propiedad y/o administración sean utilizadas para la captación de apuestas ilegales y a tal efecto emita la comunicación “D” correspondiente”.
En el mismo oficio, Nigro y Tolosa informaron al BCRA que “sólo aquellos dominios webs identificados como ‘.bet.ar’ se encuentran autorizados a realizar actividades relativas a la organización y recaudación de juego de apuestas”. Asimismo, advirtieron que “la utilización de las herramientas financieras por clientes no habilitados (en este caso, los 385 sitios web denunciados) supone la infracción descripta por el artículo 301 bis del Código Penal”.
Bloqueo e impedimento
En el marco de la misma investigación, Nigro y Tolosa también oficiaron al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) para que se disponga el bloqueo e impedimento de acceso a los dominios y páginas de internet –y a sus direcciones de IP asociadas– de los 385 sitios web investigados.
En este oficio, también con fecha del jueves pasado, los fiscales detallan su solicitud en cinco puntos.
En primer lugar, piden que el ENACOM “notifique a la totalidad de los licenciatarios de empresas que prestan el servicio de valor agregado/internet/móviles –sin distinción del soporte en que lo presten, sea a través de vínculos radioeléctricos, físico o satelitales– que deberán disponer lo necesario para el bloqueo e impedimento de acceso de clientes, consumidores o usuarios a los proveedores de servicios de contenidos en internet/valor agregado de ‘juego on line’/de los dominios de internet y/o páginas de internet, así como a sus direcciones IP asociadas, que no cumplan con el dominio cuya denominación sea ‘.bet.ar’” y en particular respecto de los 385 denunciados”.
En el segundo y tercer punto del escrito,Nigro y Tolosa requirieron al ENACOM que notifique el pedido a las cámaras empresarias del sector que agrupan a las empresas licenciatarias prestadoras de los Servicios de Tecnología de las Comunicaciones y de Contenidos, reguladas por la ley 27.078 y a las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM)
También solicitaron que se notifique a la Secretaría de Innovación, Ciencias y Tecnología de la Nación y a la Subsecretaría de Comunicaciones y Conectividad “para que haga saber las empresas proveedoras de servicios mayoristas de internet que administran el tráfico a través de los cables submarinos e internacionales de pasos fronterizos y a las empresas de servicios satelitales geoestacionarios y no geoestacionarios, que tengan aterrizaje en la República Argentina, a los fines de que dispongan los medios conducentes para dar cumplimiento al bloqueo ordenado”.
Por último, solicitaron que “se comunique el bloqueo requerido a NIC.ar, administradora oficial de los nombres de dominio en el país”.