Para la jueza, Ariel "Viejo" Cantero lideraba una banda que alteró la paz social
La magistrada aceptó la acusación fiscal y dictó prisión preventiva para los imputados. Tras largas jornadas de audiencia, compartió que existió asociación ilícita. Los integrantes de Los Monos irán a juicio. La magistrada destacó la validez del proceso de investigación de Haurigot y Carbone, cuestionado por abogados de Los Monos.
"Me disculpo si he sido extensa. Pero entiendo que están reunidos los elementos del artículo 220 y por eso determino la prisión preventiva para todos los imputados", dijo la Jueza Valeria Pedrana en la sala 7 del Centro de Justicia Penal, este viernes pasadas las tres de la tarde. Así, concluía una semana de intenso debate en el marco de la audiencia imputativa contra Ariel "Viejo" Cantero y otras 21 personas, imputadas por conformar una asociación ilícita y cometer otros delitos graves. Los fiscales acusadores fueron Franco Carbone, Valeria Haurigot y Gastón Ávila.
La determinación de Pedrana, a tono con las más de 25 horas que había durado antes la audiencia, llevó dos horas. Que abarcaron no sólo el análisis de los hechos presentados al Tribunal y sus evidencias, sino también una protunda explicación sobre el mundo criminal de Rosario, atravesado hace al menos una década por la dinámica narco pero con una paradoja: la justicia provincial -ámbito por el que ya han desfilado cabecillas y soldados de las bandas que llevaron a la ciudad a encabezar el ranking de homicidios del país- puede detener, procesar y condenar por una enorme cantidad de delitos, pero no por los que están vinculados a la venta de drogas. Para eso está la justicia federal, que camina atrás, a años luz de distancia de lo que pasa aquí, en el Centro de Justicia Penal.
La argumentación completa
Pedrana había señalado de arranque: "Voy a admitir las imputaciones de Fiscalía. Sobre la validez de lo actuado, que fue una de las peticiones, ha quedado claro en la audiencia imputativa que existe una investigación compleja iniciada el año pasado y que sumó acusaciones luego de los allanamientos de fines de abril".
Ante un planteo hecho por Fausto Yrure, abogado defensor de Celestina Contreras, ex mujer de Cantero, la jueza Pedrana luego había dicho: "Respecto a la primera intervención telefónica, que se realizó buscando al señor Mansilla, afirmo que dicho procedimiento contó con aval judicial y con participación de un funcionario policial. El juez Lanzón, oportunamente, autorizó intervenir líneas teléfnicas. Si él hubiera entendido que los fundamentos no eran claros, hubiera pedido a Fiscalía que amplíe. De hecho ayer, cuando el doctor Ávila explicó ese pedido. No hubo intervención ilegal de las líneas telefónicas".
Sobre el pedido de asociación ilícita, la magistrado había indicado: "Hubo abogados de la defensa que cuestionaron este tema. Entiendo que los elementos típicos de este tipo de delito, están dados. No tenemos que olvidarnos que esto fue una audiencia imputativa y que luego eventualmente puede haber más información. No se le puede requerir en esta instancia a la Fiscalía que tenga certezas, eso pasará eventualmente en un juicio, si es que ocurre. Por una cuestión de tiempo, porque la Fiscalía claramente señaló que tiene una investigación que se inició en noviembre y que tiene mucho material, el material que se reprodujo aquí son evidencias parciales que son suficientes a los fines de tener configurada la asociación ilícita. Lo que sanciona esta figura es la organización para cometer delitos y que busca alterar la paz social. Aquí ha quedado claro y eso se sanciona la afectación a la paz social. Eso surge de las escuchas, en las que con total liviandad se alude al uso de la fuerza por motivos diversos. Y claramente muestra que este grupo de personas se vale de la utlización de armas de fuego para cometer ilícitos y dominar un territorio. Está probado la búsqueda de generar temor. El delito se sanciona por el hecho de formar parte, independientemente de la ejecución de hechos concretos. Y eso es lo que hace a la autonomía de la asociación ilícita. Tampoco hace falta el conocimiento de las personas entre sí, ni que estén en un mismo lugar".
Pedrana había sostenido también: "En una de las evidencias, Aguirre planteó que se le dio 'luz verde'. Claramente todo ocurría con el amparo y la directiva de los señores Cantero y Montero. Tenían habilitación para actuar, bajo el paraguas protector de estas dos personas. A ellos no se les atribuyó ningún delito específico, pero no es necesario por haber reunido los requisitos para encuadrar el delito de asociación ilícita. Hay mucha evidencia con las escuchas de que ellos autorizaban qué se podía hacer y qué no. Inclusive hay audios en los que la señora Montero habilitaba a entrega de viviendas, sin que ella tenga ninguna responsabilidad en algún plan de vivienda en el barrio en el que se desarrollaban los hechos".
La jueza había establecido una precisión sobre el uso de diferentes teléfonos: "Tampoco llama la atención de que el señor Cantero tenga dos o tres llamadas a través de teléfonos de terceros. Porque el propio defensor sostuvo que él no utilizaba celular. Y hay en este punto un dato no menor, que es la cantidad de chips que se encontraron en el domicilio de calle Avellaneda. Puede haber un mismo aparato con varios chips, para evitar que una conversación sea escuchada. Algo que no es normal en personas que no están en el ámbito del delito. Se habló de más de 100 teléfonos secuestrados en 22 personas. Y muchos chips. Son circunstancias no propias de una personas que se maneja en el marco de la ley".
Pedrana afirmó: "Se habla en las escuchas de cobrar deudas, de extorsionar, de la venta de material estupefaciente y de otras actividades que generan ilícitos para estas personas que no pudieron acreditar actividad lícita de sustento. Esto no tenía otra finalidad que dominar el teritorio, que es lo que imputó Fiscalía".
En otro tramo de su intervención, la jueza planteó que los fiscales se "chocaron" con elementos imprevistos durante los allanamientos, especialmente en la casa de Cantero en Avellaneda al 4500. "Se hicieron dos imputaciones a algunas de las personas presentes, por maltrato animal. El doctor Martorano tuvo frases pocos felices con algo que -nos guste o no- es un delito. Ya había una investigación en curso de Policía Ecológica, con videos. Y al ingresar al domicilio del señor Cantero, se encuentran elementos que coincidían con esas grabaciones. Además, se puso en cuestión si hacían riñas de gallos. Nadie tiene gallos y ring para riñas, si no hace riñas".
Sobre las cajas del Plan Cuidar, la jueza fue clara: “De la Municipalidad y la provincia, hasta ahora nadie reconoció como receptos de los alimentos a ese lugar adonde estaban, en Avellaneda al 4500. Lo que había era un lugar pintado de azul, con la leyenda de Gauchito Gil, pero no en el domicilio donde vivía Cantero. En la dirección receptora a nombre de Pucheta, no se encontró un solo alimento. Quien tiene inscripta la asociación civil, no tiene cajas. Y sí están en otro lugar. Fiscalía fue a una casa particular y encontró cajas. La doctora Varela planteó que no era necesario tener los libros de actas al día. El doctor Martorano invitó a ir a las tres de la tarde al barrio a ver si había copa de leche. Fiscalía envió personal de la PDI y no estaba la copa de leche a esa hora. Los alimentos que había en ese lugar son del Estado, no estaban en poder de quien los recibió y que supuestamente tenía comedores bajo su tutela. Este es el principio de una investigación para determinar la ruta desde que los alimentos salen del municipio y llegan al barrio”.
Respecto de los ataques a las escuelas y estaciones de servicios, "la evidencia fue muy concreta", afirmó Pedrana. Y estableció: "El doctor Yrure entiendo que debe hacer su trabajo, pero cuando plantea que no hay prueba de un acuerdo previo a la comisión del hecho. Señalo que Gauna va al domicilio de la señora Contrera, que le entrega una bolsa con dinero. Nadie le entrega una bolsa con una suma importante de dinero, porque así queda expresado en lo que se escucha al señor Gauna, a una persona desconocida y sin un fin. Hay seguramente otros medios de vinculación, no perceptibles, como pueden ser redes sociales, WhatsApp, Telegram. Por eso los fiscales hicieron también alusión a la necesidad de seguir investigando y procesar en profundidad los aparatos telefónicos".
Sobre la situación de que "Pandu" Aguirre tuviera tantos llamados desde la cárcel, señaló que no es ámbito de la Justicia lo que sucede en prisión: "Quedó demostrado que tenía disposición para comunicarse las 24 hs y los 365 días del año. Es una frustración, sí, que se sigan cometiendo delitos allí. Pero no es una respuesta que puede dar la Justicia".
"Estamos hablando de un grupo de personas que se organizó para imponerse violentamente sobre otro grupo de personas en un determinado lugar. El señor Aguirre, preso, sigue cometiendo delitos violentos e instigando a otros. Para los señores Cantero y Montero, se ha solicitado su libertad. Presumir que ambos libres y volviendo al barrio en el cual desempeñan su dominio, van a cumplir con algún tipo de restricción, no es algo lógico. Estamos hablando de un grupo de personas con fácil acceso a armas de fuego. Hay algunos imputados ya cautelados por el fuero federal, otros por este fuero. Y si se dispusiera su libertad, se comprometería a Fiscalía y se pondría en riesgo el proceso. La señora Fuentes, por ejemplo, que extorsionó junto a su hijo a la familia Becerra. ¿Por qué no entorpecería la investigación si queda en libertad? Parece un dato menor que haya habido más de cien teléfonos secuestrados, pero recordemos que hay personas prófugas y personas no identificadas. Cada vez tenemos más mujeres en este tipo de imputaciones, con maridos o parejas que están detenidos. Respecto a la señora Camejo, si escuchamos las evidencias que trajo Fiscalía, ella continuó con sus actividades ilícitas, inclusive como forma de mantener a sus hijos. Ella es madre y entiendo que tenga que mantenerlos, pero eso no justifica la comisión de ilícitos. La señora Berón, que también es madre y estaba con domicilaria, porque si no hubiera estado en prisión. Y se le imputa, ni más ni menos, que el ataque a una escuela. Popr eso las garantías que se han ofrecido, como presentación semanal o fianzas -que inclusive no tienen punto de comparación con los montos de dinero que se han hallado o han aparecido en las evidencias- logran garantizar que no haya peligros procesales", sostuvo la magistrada.
l pedido de los fiscales en la previa
Durante el desarollo de la audiencia, Carbone había dicho: "Por la estructura de la organización de la asociación ilícita, por la permanencia en el tiempo, por la indeterminación de delitos, entendemos que la peligrosidad procesal es concreta. Tenemos 106 ceulares para analizar. Hemos llegado ya a identificar numerosos delitos y sabemos que hay información valiosísima que todavía puede aparecer. También mediante la extracción de material de redes sociales de estos mismos acusados. Por eso entendemos que esto no puede proseguir sin los imputados en prisión preventiva. Hay personas condenadas y con prisión domiciliaria, que siguieron cometiendo delitos. Vimos por ejemplo que pasó con Romina Berón, con Jorge Barboza. Respecto a Celestina Contreras, no podría haberse cometido el delito con ella en prisión. Vimos cómo luego de una balacera, Gauna iba a buscar pagos a su domicilio".
Al plantear la ejemplaridad que demandaba la decisión de la jueza, el fiscal Carbone estableció: "La víctima es, su señoría, la sociedad en general".