¿Cómo afecta la nueva norma a los 25 mil extranjeros en Rosario?
El último censo nacional marca que el 2,1% del total de habitantes de la ciudad son residentes nacidos en el exterior. Según la letra chica del DNU del gobierno, cualquier delito leve que implique una pena privativa de la libertad puede deparar en una expulsión sin necesidad de llegar a una condena firme
De una ley sancionada por el Congreso luego de un amplio debate con diversas agrupaciones políticas y sociales, a una abrupta modificación mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Las críticas por los cambios en el marco legal y jurídico que utiliza el país para su política migratoria exceden a las formas que utilizó el gobierno nacional para concretar su iniciativa. La letra chica de la nueva normativa señala que cualquier delito que implique una pena privativa de la libertad puede ser motivo para una expulsión, desde un corte de calle, una agresión o una amenaza.
En el departamento Rosario, según el último censo nacional, viven 24.962 personas extranjeras, un 2.1% del total de habitante, de los cuales 10.493 son migrantes de países limítrofes. En toda la provincia hay 37.432 personas que nacieron más allá de nuestras fronteras, es decir un porcentaje de 1,2%.
Según el departamento de estadística de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), un porcentaje considerable de ese total, alrededor de 1.800 extranjeros, están cursando carreras de grado y posgrado. El área de Salud tiene más inscriptos, seguido de lejos por Economía y Humanidades y Arte. En 2016, se inscribieron 728 extranjeros para estudiar en alguna de las 12 carreras que dicta esta casa de altos estudios.
“Rosario, como toda ciudad metropolitana y portuaria, ha sido y sigue siendo receptiva a todo tipo de migración. La atracción por la educación superior de calidad seduce mucho. Pero también hay mucha injerencia en el mercado laboral, por ejemplo en la construcción y en la agricultura”, explicó la académica local Mariana García, magister en Políticas para la migración internacional y docente de la UNR.
“Hoy, Rosario, como nodo mercosureño, segunda ciudad del país, sede de una de las universidades más importantes de la Argentina, recibe un caudal migratorio diverso en países de proveniencia y el tipo de inmigrantes. Africanos, franceses, chinos, bolivianos, paraguayos, colombianos y venezolanos, como empresarios, comerciantes, refugiados y estudiantes de intercambio son ejemplos de su diversidad”, se detalla en una de sus publicaciones, titulada: “Las migraciones en Rosario y el impacto en su Universidad”.
Hasta el DNU del gobierno, los extranjeros con residencia en Rosario, como en cualquier otro punto geográfico del país, estaban amparados por una Ley de Migraciones sancionada en el Congreso en 2004 por unanimidad, que le puso fin a la normativa que regía desde la dictadura.
Desde 1910 a 2004, Argentina no tuvo una ley en materia migratoria. Todas fueron decisiones por decreto y sin discusión previa en los ámbitos parlamentarios. La situación empezó a cambiar en 1999 con un proyecto del diputado Juan Pablo Cafiero, que más tarde continuó el socialista Rubén Giustiniani. Durante la presidencia de Néstor Kirchner, el proyecto lo tomó el Poder Ejecutivo y lo puso a consideración del Congreso.
La ley 25.872 estipulaba la posibilidad de retirar la radicación para quienes hayan sido condenados por un delito que tenga una pena mayor a cinco años, lo que se conoce como delitos graves. Durante todo 2016, la Dirección de Migraciones expulsó a 35 personas en todo el país, la mitad por cuestiones ligadas a delitos.
Con esta modificación, el Estado argentino podrá expulsar a cualquier extranjero que cometa un delito o una falta que para la legislación tenga penas privativas de la libertad. Una simple imputación bastará iniciar la deportación.
“Con esta ley al extranjero se le está violando el principio de inocencia”
El abogado constitucionalista Domingo Rondina pone bajo la lupa dos cuestiones “graves” que, a su juicio, se desprenden de la modificación de la ley. La primera reside en un “uso prohibido” del DNU porque no existe ninguna urgencia migratoria que amerite saltear la discusión parlamentaria. La ley, además, reglamenta cuestiones vinculadas a condenas penales y ninguna regulación penal puede modificarse mediante un decreto.
La segunda crítica tiene que ver con una “desigualdad constitucional” entre ciudadanos nativos y los extranjeros que residen en el país. El texto de la nueva normativa establece que la expulsión se justifica cuando el extranjero cometa un delito que “merezcan para la legislación argentina penas privativas de la libertad”, léase prisión o reclusión, desde los más graves (un asesinato) hasta el más leve (el corte de una calle). Pero ni siquiera es necesario que la condena esté firme, por lo que una simple imputación valdría para interrumpir una residencia.
“El extranjero, como a cualquier ciudadano, se rige por el principio de inocencia. El artículo 20 de la Constitución Nacional dice que los extranjeros tienen los mismos derechos que los ciudadanos nacionales. A un argentino no se le puede aplicar ninguna consecuencia hasta que no sea condenado por sentencia firma por un juez competente. Al extranjero ahora se le estaría violando el principio de inocencia”, explica Rondina en diálogo con Rosarioplus.com.
El constitucionalista se aferra a un ejemplo para aclarar el tecnicismo: “Si en una pelea el extranjero amenaza con un “te voy a matar” y un fiscal lo imputa por el delito de amenaza de muerte, sería suficiente para iniciar la expulsión, cuando aún no se pudo probar su culpabilidad”.
Rondina aclara que el derecho internacional público se rige bajo el principio de reciprocidad. “Todos los países podrían aplicarles a los argentinos en el exterior el mismo criterio. Hay muy pocos países en el mundo que aceptan el proceso penal como causal de expulsión sin condena”.