Luego del reclamo de la CNRT, la Justicia dictó una medida cautelar y determinó que las empresas de transporte de pasajeros de larga distancia deberán otorgar boletos gratuitos para las personas con discapacidad “de forma inmediata”.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) había presentado una medida cautelar ante la Justicia el 25 de octubre, para que las empresas estén obligadas a ofrecer pasajes para personas con discapacidad.

Según la ley 22.431, 26.928 y 27.647, las personas con discapacidad tienen derecho a viajar de forma gratuita en transporte público de media y larga distancia. Sin embargo, muchas empresas incumplieron esta normativa. Las empresas deben ahora garantizar el acceso al servicio, sin excepción.

En octubre, la CNRT emitió más de 30 multas y notificó a varias empresas debido a su negativa de otorgar pasajes gratuitos establecidos por la ley. Según el organismo, estas faltas están relacionadas con la reciente desregulación del transporte de media y larga distancia, que permite a las empresas ajustar su oferta en función de la demanda, eligiendo rutas, tarifas y horarios sin limitaciones.

Desde la Comisión Nacional de Regulación del Transporte se continuará registrando las denuncias de los usuarios, en los casos de incumplimiento de las empresas, y se utilizarán todas las herramientas legales y administrativas para hacer cumplir y valer los derechos de los usuarios de transporte.

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