Cómo funcionó el protocolo de actuación tras la denuncia por violación
El caso que se conoció este lunes sobre una presunta violación de un funcionario honorario de la Secretaría de Control a una empleada que realiza tareas en la Secretaría de Control disparó el Protocolo de Actuación en Violencia de género en el ámbito de la administración pública de la Municipalidad de Rosario, que corre en paralelo a la investigación judicial. El hombre fue detenido y será imputado el jueves.
La secretaria de Género y Derechos Humanos Mariana Caminotti explicó cómo se actuó el domingo al tomar conocimiento del abuso en el marco laboral municipal: “Tomamos conocimiento de esta situación conmocionante ayer. Una compañera la encontró en el lugar de trabajo muy angustiada, le relató la situación, y le sugirió llamar al Teléfono Verde. Llamó y se la asesoró para que radique una denuncia en la Comisaría de la Mujer. La Secretaría de Control dispuso un móvil para que se acercara a hacer la denuncia y los equipos interdisciplinarios del Teléfono Verde la siguieron acompañando”.
En diálogo con periodistas de Radio Universidad, la secretaria de la cartera de género repasó que “en paralelo se dispuso preventivamente el apartamiento de esta persona en el ámbito municipal. Se trabaja desde hoy en un sumario administrativo y se activó el protocolo en violencias de la Municipalidad que es interno”.
Además adelantó que los equipos del Sistema Integral de Atención a la Víctima en Violencias entrevistarán este lunes a la mujer “para tomar las medidas de protección necesarias para garantizar sus derechos fundamentales en el ámbito laboral, consensuado con ella, además del acompañamiento en el acceso a la justicia”, y aseguró que la idea es “tomar medidas adecuadas para que no se afecten los derechos laborales de esta mujer”.
Aseguró que “la denuncia es importante para reconstruir toda situación anterior que haya padecido la mujer”, y que con la investigación se podrá determinar si hubo otras situaciones, aunque aseguró: “No teníamos una denuncia de alguna situación anterior, aunque ahora haya denunciado haber sido acosada desde antes”.
Caminotti destacó que el Protocolo de Actuación en Violencia de Género en el ámbito de la administración pública “avanzó rápidamente con una actuación coordinada ante este hecho que nos preocupa profundamente”.
Cuándo se utiliza este protocolo municipal
El protocolo se aplica cuando las acciones violentas ocurren tanto dentro de las instalaciones del municipio, como en cualquier espacio físico y/o a través de cualquier otro medio (telefónicos, virtuales, etc.), siempre y cuando la relación entre las personas comprendidas tenga su origen en función del desempeño o labores que el actor desarrolle en la Municipalidad.
Se aplica en aquellas conductas comprendidas en el artículo 4 de la Ley Nº 26485/2019 que define a las situaciones de violencia de género como todas aquellas conductas, acciones u omisiones que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, y basadas en una relación desigual de poder, afecten la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también la seguridad personal de las mujeres cisgénero, transgénero y personas LGBTIQ+.
La persona que se considere afectada o aquellas personas que tomen conocimiento de la situación de violencia, pueden anoticiar a su superior/a correspondiente, anoticiar al funcionario/a de su área o dirigirse directamente a la Dirección General de Investigaciones, Ética Pública y Transparencia.
Quien recepte esta situación, deberá registrar la exposición de la persona afectada y/o persona que haya tomado conocimiento, quien podrá aportar pruebas, rigiendo plena amplitud probatoria. Posteriormente, se remite en sobre cerrado (indicando el número de expediente, si hubiere y las iniciales del nombre de la persona afectada, en un plazo no mayor a 48 horas) a la Dirección de Investigaciones, Ética Pública y Transparencia, que pondrá en conocimiento de la Secretaría de Género y DDHH.
Inmediatamente, se le ofrece a la persona afectada un espacio de escucha a cargo de la Secretaría de Género y DDHH, la que informará acerca de los derechos que la asisten, en tanto asesoramiento, contención y reparación. La persona afectada podrá recurrir a los procedimientos administrativos existentes sin que éste impida o paralice la vía judicial o implique limitación a otra normativa que prevea iguales o mayores protecciones, amparos y garantías.