Perotti modifica la Ley de Paridad sancionada en la Legislatura
A través del Decreto 1442, Omar Perotti ordenó modificaciones en la Ley de Paridad de Género sancionada hace algunas semanas por la Legislatura Provincial. Con la firma del mandatario se incluyen las categorías de gobernador/a, vicegobernador/a y senador/a, que no eran parte del proyecto aprobado.
El artículo 3 de la norma sancionada por los legisladores no tenía en cuenta a los principales cargos del Ejecutivo provincial. Esos párrafos fueron vetados por el gobernador y reemplazados por la siguiente propuesta:
“La paridad de género se aplica en:
a) Las precandidaturas a los cargos electivos ejecutivos y unipersonales provinciales (Gobernador/a y Vicegobernador/a; y Senadores/as Provinciales).
b) Elecciones generales de cargos públicos electivos para la postulación de listas de precandidatos/as y candidatos/as para:
Diputados/as Provinciales;
Concejales/as Municipales;
Miembros de Comisiones Comunales; y
Listas de candidatos/as a convencionales constituyentes (artículos 114 y 115 de la Constitución Provincial);
c) Designación de Ministros/as y Secretarios/as de Estado;
d)Integración de cargos según leyes orgánicas o estatutos para el sector público provincial no financiero, para empresas, sociedades y otros entes públicos, bajo la forma de empresas públicas, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades anónimas del Estado, sociedades de economía mixta, sociedades del Estado, entes interestatales e interjurisdiccionales u otros entes estatales;
e) Poder Judicial;
f) Consejo de la Magistratura;
g) Constitución y organización de partidos políticos;
h) Consejos, colegios y asociaciones profesionales"
También el artículo 6 tendrá cambios. Se propone que “para la postulación de precandidatos/as y candidatos/as a Cargos Electivos Ejecutivos y Unipersonales la paridad de género será respetada integrando la fórmula de Gobernador/a y Vicegobernador/a por personas de diferente género y, para el supuesto de senador/a provincial, el precandidato/a y candidato/a suplente deberá ser de género distinto al titular. En ambos casos será indistinto el orden en cuanto a género se refiere".
La subsecretaria de Mujeres, Géneros y Diversidad, Florencia Marinaro celebró en redes sociales la propuesta del gobernador. Explicó entonces que la enmienda impulsa “una incorporación expresa que amplía aún más el principio de paridad, entendiendo que no existen razones públicas que puedan justificar la exclusión original de la fórmula”.
“La fórmula de gobernador/a y vicegobernador/a es la más importante representación del Poder Ejecutivo y como tal, no podía ser excluida. Esta es una decisión que demuestra, una vez más, el compromiso real de esta gestión con las políticas públicas igualitarias”, resaltó la funcionaria.