La Justicia falló a favor de encargados de edificios y administradores deberán pagar aportes
El Sindicato de Encargados de Edificio de Rosario (SUTERyH) informó acerca de distintas resoluciones judiciales en las que se reconocieron los derechos de los trabajadores del sector, principalmente contra inmuebles de Oroño al 500 y al 600 y de Laprida al 800.
La Justicia laboral falló a favor de los trabajadores encargados de edificio en diferentes disputas legales contra administradores de edificios céntricos, obligando a éstos a pagar los aportes sociales correspondientes, entre otras resoluciones.
Puntualmente, se trata de problemáticas surgidas con inmuebles ubicados en Bulevar Oroño al 500, Bulevar Oroño al 600 y Laprida al 800.
Según informaron desde el Sindicato de Encargados de Edificio de Rosario (SUTERyH), estas decisiones de la Justicia tienen que ver con fallos a favor en casos contra consorcios de copropietarios de edificios, donde se reconocen derechos laborales que le dan la derecha a planteos del gremio, como el no pago de aportes sociales.
Humberto García, secretario general del SUTERyH Rosario, dijo que los juzgados laborales federales y provinciales de Santa Fe “han dado sentencia firme, intimando en ocasiones a los consorcios a actualizar y pagar deudas compuestas por falta de pago de algunos ítems entre los cuales se ha reclamado por caja protección y familia”.
Así también, destacaron que en uno de los casos “se ha firmado el posible embargo de bienes del consorcio, dado la falta de respuesta del mismo a través de la imagen del administrador”.
“Hace algún tiempo, muchos administradores han optado por emplear a empresas de limpieza en lugar de trabajadores en relación de dependencia para, así, no solo evadir responsabilidades, sino que también emplear a empresas que están vinculadas a su entorno. Afortunadamente la Justicia entendió que no solo es una cuestión de empatía hacia el trabajador y su familia, sino que también encuadra un marco legal en lo laboral y a veces en lo penal”, señaló García.
Dichos fallos resaltan la importancia del estatuto 12.981 y el CCT 589/10 que regula la actividad sometida al régimen de la propiedad horizontal.
El titular de SUTERyH, además, valoró el accionar gremial, resaltando la importancia “del accionar de los sectores sindicalizados, que garantizan, custodian y protegen los derechos obreros”.