Fuertes dudas sobre la constitucionalidad de la agencia de ciberpatrullaje de Bullrich
El Gobierno nacional anunció la creación de un órgano que utilizará inteligencia artificial para monitorear las redes y predecir delitos. Sin embargo, su sola premisa y puesta en marcha violaría derechos y libertades básicas. Martín Becerra dialogó al respecto en la Sí 98.9.
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Seguridad de la Nación, anunció la creación de un órgano gubernamental llamado Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad, destinado a patrullar las redes sociales, sitios y aplicaciones de Internet con el objetivo de "predecir futuros delitos".
La resolución, publicada como 710/2024 en el Boletín Oficial, despertó rápidamente polémica, debido a su dudosa constitucionalidad y a que su implementación pondría en riesgo derechos y libertades básicas, principalmente con una posible violación de la privacidad de las personas en las distintas plataformas y aplicaciones que utilizan diariamente.
Martin Becerra, investigador del CONICET, docente universitario y en medios de comunicación e industrias culturales, dialogó al respecto con la Sí 98.9, para contar los alcances de la medida y analizar las implicancias y los problemas que su ejecución tendría.
En primer lugar, Becerra destacó la vaga redacción de la resolución, que a su vez deja abierto el panorama en cuanto a los límites del alcance que tendría esta agencia a la hora de revisar la actividad de cada individuo.
Al hablar de “redes sociales, sitios y aplicaciones de Internet”, el abanico de aplicaciones y plataformas que están incluidos es infinito, abarcando desde Whatsapp, Instagram, X y Facebook hasta Gmail, Tinder, Duolingo, Steam o cualquier app en donde uno interactúe.
“La resolución oficial está redactada de una manera tan ambigua que autoriza a preocuparse en términos de cuál es el derecho a la privacidad, cuáles son las garantías constitucionales, que básicamente tienen que ver con el derecho a la inviolabilidad de la correspondencia, por ejemplo, de los mensajes privados que emitimos en distintas aplicaciones”, explicó.
De igual manera, cuando se habla de la utilización de inteligencia artificial, cabe recordar que cualquier IA se alimenta y desarrolla su base de datos a partir de una programación suministrada por el usuario que le indica de dónde obtenerlos.
“Esas bases de datos constituyen la fuente, y acá tampoco tenemos certeza de cuáles van a ser las fuentes de datos históricos de delitos que va a usar el Ministerio de Seguridad. En otros países, en Europa, los temas de inteligencia artificial se han prohibido para el pronóstico o la proyección de probabilidad de comisión de delito, porque existe la presunción de inocencia. Uno no puede decir ‘dado a que tenés tal color de piel, perteneces a tal clase social o vivís en tal barrio es muy probable que cometas un delito, y entonces te voy a detener o te voy a vigilar más’. No, acá hay garantías constitucionales que están por encima de esa probabilística que se construye en general con herramientas de inteligencia artificial, pero insisto, que no se utilizan en temas de seguridad”, dijo Becerra.
En ese sentido, también recordó que la propia ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, tiene preocupantes antecedentes por haber encarcelado a personas por el simple hecho de publicar en redes sociales opiniones o canciones de cancha -amparadas por la libertad de expresión-, a las que luego el Poder Judicial absolvió. Por esto, también, tildó de irresponsable que se le otorgue un “cheque en blanco” y consideró que la Justicia y el Congreso deben interceder y tomar cartas en el asunto.
En cuanto a qué aspectos de la Constitución violaría la implementación de esta agencia de ciberpatrullaje, dedicada a controlar, vigilar y disciplinar, Becerra destacó: “Desde la inviolabilidad de la correspondencia privada; el derecho a la privacidad; que las acciones de los hombres no están sometidas al juicio; la inscripción de la Convención Americana de Derechos Humanos, vía artículo 75 de la Constitución; y muchos otros artículos de la Constitución que, desde mi punto de vista, están reñidos con esta resolución, que además es un acto jurídico, obviamente inferior a una ley, y ni hablar que es inferior a la propia Constitución. Por eso, insisto, tanto el Poder Judicial como el Poder Político representado en el Congreso deberían decir algo”.