El pedido de pensión que modificó una ley de 1959 y amplió derechos
Desde la cátedra de Acceso a la justicia y protección de grupos vulnerables de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), iniciaron un trabajo para el reconocimiento de la comunidad travesti-trans como grupo vulnerable. El pedido terminó en un proyecto de modificación de la ley provincial 5110, una ley vetusta que el paso del tiempo la llevó a negar derechos.
En agosto del año pasado la cátedra electiva Acceso a la justicia y protección de grupos vulnerables de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) inició junto al colectivo travesti-trans de La casa de las locas un camino para lograr que mediante la aplicación de la ley 5110, de asistencia a grupos vulnerables, se le brinde la pensión al colectivo travesti-trans. El pedido terminó en un proyecto de modificación de la ley, un objetivo mucho más ambicioso que el planeado en un primer momento.
En diálogo con Rosarioplus.com Eliana Squiro, abogada, docente de la cátedra y encargada del proyecto, y Miya Vargas parte la Comunidad travesti-trans Rosario contaron los detalles del trabajo llevado adelante en conjunto con les estudiantes, los pormenores de la presentación con los argumentos elevados y la novedad de la modificación de una ley vigente desde el año 1959.
"La ley 5.110 es una ley que está pensada para brindar asistencia a grupos vulnerables, pero está pensada en el año 1959, con lo cual el reconocimiento y visibilización de las las personas en situación de vulnerabilidad de ese entonces es muy distinto al de ahora. Sólo en este sentido, puede leerse el texto de dicha ley, que es un texto que carece de toda perspectiva de género en el marco de los Derechos Humanos, con lo cual uno de los grupos más vulnerados de este momento queda afuera de la ley que los debería amparar", explicó la abogada Squiro.
Es por eso que, según detalló, "muchas veces las travestis hicieron uso de la categoría de discapacidad para poder acceder a esta pensión con todo el perjuicio simbólico que esto conlleva, el de tener que asumir un aval de discapacidad por su condición travesti para poder acceder a un mínimo amparo del Estado". Una paradoja en sí misma: la ley que debería amparar hiere simbólicamente para poder enmarcar a un colectivo dentro de sus categorías vetustas y así poder protegerlo.
"Nosotros preferimos relativizar el término de ancianidad, también contemplado en la ley. Si tenemos en cuenta que el promedio de vida de una travesti-trans es de 35 años, a los 30 ya se puede hablar de ancianidad para este grupo. No hay otro colectivo que tenga una expectativa de vida tan baja, y esto responde a una serie de vulneraciones en sus derechos, como es la discriminación que les impide el acceso a un trabajo, por ende a una cobertura en salud, y a la pobreza a la que son arrojadas muchas de ellas", contó Squiro.
En este sentido el pedido fue claro: "Que la política pública de contención prevista en la Ley N° 5110 se realice con un enfoque de derechos, lo cual implica poner en juego las normas y esfuerzos del Estado para avanzar con acciones concretas que permitan al colectivo travesti-trans acceder mínimamente al beneficio contemplado en la misma", establece la presentación elevada.
La presentación llegó a buen puerto. A fines de julio se comunicaron desde la Caja de Pensiones Sociales de la provincia de Santa Fe para contarles que producto de su texto se habían puesto a trabajar en conjunto con la Secretaría de Estado en Género e Igualdad para encarar la modificación de la ley, les mostraron un proyecto, al que desde la cátedra se comprometieron a hacer algunas observaciones.
Miya Vargas afirmó que "el reconocimiento para la reforma de esta ley, teniendo en cuenta el concepto de ancianidad para las personas travesit-trans con un promedio de vida de 35 años , también es el reconocimiento del Estado hacia el promedio de vida de nuestra colectiva. El Estado está reconociendo que nosotras tenemos un promedio de vida de 35 años y este promedio de vida se debe a la falta de políticas públicas".
Pero eso no es todo. "La modificación es muy amplia. Contempla no solo nuestro pedido de reconocimiento de las travesti-trans como grupo vulnerable sino que también toma nota de nuestra crítica sobre el lenguaje anacrónico sin perspectiva de género y modifica los artículos del 2 al 18 con un texto nuevo, cambiando conceptos de ancianidad por tercera edad, invalido por persona con discapacidad, madres y padres por progenitores, para mencionar sólo algunas de las modificaciones", contó entusiasmada Squiro.
Finalmente Miya aseguró que "esta modificación de la ley ayuda a hacer más fácil sobrellevar la vida a las compañeras, pero para cambiar el promedio de vida de la colectiva se requieren de muchas otras acciones. Esto da un alivio, sin dudas, y es importante el ingreso de dinero, pero también son otros factores los que inciden en que tengamos una expectativa de vida tan baja y hay que seguir trabajando en este sentido".
El proyecto de modificación de la ley fue presentado en la cámara alta por los senadores Alcides Clavo, del departamento Castellano, y el senador Rodrigo Borla, del departamento de San Justo, y ya fue aprobada por la Comisión de Presupuesto y Hacienda. Ahora espera la aprobación del senado y diputados provinciales. Desde la Comisión de Presupuesto y Hacienda del senado provincial hicieron la presentación del texto que ahora espera pronta sanción.